Jurisprudencia
4.000 sentencias del Tribunal Constitucional indexadas con considerandos parseados y citaciones a normas.
TC Rol 4192
Santiago, seis de marzo de dos mil dieciocho. A fojas 46, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 46, Claudio Fierro Morales, en representación de Paola de Las Nieves Muñoz Espinoza, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, a fojas 48, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que, con fecha 22 de febrero de 2018, a fojas 54, fue evacuada presentación por Pablo Campos Muñoz, por el Ministerio Público, parte requerida en estos autos, allanándose al desistimiento promovido a fojas 46. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1.A fojas 46, a lo principal, ha lugar a la solicitud. Téngase a la requirente por des...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 4765
Santiago, doce de octubre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, a fojas 50, Claudio Fierro Morales, en representación de Natalia Pamela Urrutia León, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%, Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, a fojas 34, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Que, a fojas 59, fue evacuada presentación por Hernán Ferrera Leiva, por el Ministerio Público, parte requerida en estos autos, allanándose al desistimiento promovido a fojas 65. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1. Afojas 50, a lo principal, ha lugar a la solicitud. Téngase a la requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional; al...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 3803
064,,cyt, Santiago, cinco de diciembre de dos mil diecisiete. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 96, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, a fojas 97, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que, dentro del plazo conferido para evacuar el aludido traslado, no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 96. Téngase a la parte requirente por desistida, y téngase por terminado el presente proceso constitucional. Déjase sin efecto la suspensión del procedimiento decretada en estos autos. Notifíq...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 12465
0000084 OCHENTA Y CUATRO Santiago, dieciocho de enero de dos mil veintidós. A fojas 81 y 82, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que el Ministerio Público evacuó traslado a fojas 81, aceptando sin condiciones el desistimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud en lo principal de fojas 74. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión decretada en autos. Notifíquese y comuníquese. Archíves...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 11320
0000066 SESENTA Y SEIS 1 Santiago, siete de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, a lo principal de fojas 39, la requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de lo principal de fojas 39. Téngase a la parte requirente por desistida, y por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese al efecto. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 12278
0000066 SESENTA Y SEIS 1 Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil veintiuno. A fojas 65, por evacuado el traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, a lo principal de fojas 44, la requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: 1) Ha lugar a la solicitud de lo principal de fojas 44. Téngase a la parte requirente por desistida, y por terminado el presente proceso constitucional. 2) Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese al ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 12185
0000176 CIENTO SETENTA Y SEIS Santiago, seis de enero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que no fueron evacuados traslados. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud en lo principal de fojas 70. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 12.185-21-INA. Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidente, Ministro señor JUAN JOSÉ ROMERO GUZMÁN, y p...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 4565
000037 tru git Santiago, diecisiete de julio de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, a fojas 28, Claudio Fierro Morales, en representación de Alejandro Esteban Rozas Rivadeneira, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, a fojas 97, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los Órganos constitucionales, y 3%. Que, no fueron evacuadas presentaciones respecto del traslado que fuera conferido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1. A fojas 28, a lo principal, ha lugar a la solicitud. Téngase a la requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional; al otrosí, téngase por acompañado. 2. Álcese la suspensión del proc...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 4787
Santiago, veinte de agosto de dos mil dieciocho. Proveyendo a fojas 143, por evacuado el traslado del Ministerio Público. Proveyendo a fojas 155, por evacuado el traslado del Ministerio Público respecto del desistimiento de la parte requirente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 12 . Que, a fojas 142, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que,,Sé tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2 2 . Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N 2 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3 2 . Que, habiéndose evacuado traslado por parte del Ministerio Público sin que exista oposición respecto del desistimiento; Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 142. Té...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 11802
0000077 SETENTA Y SIETE Santiago, diez de diciembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que no fueron evacuados traslados. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud en lo principal de fojas 50. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 11.802-21-INA. Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por s...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
000061 4£4.%t i ct,--a Santiago, cinco de septiembre de dos mil diecisiete. A fojas 57, a todo, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1 ° . Que, con fecha 14 de julio de 2017, José Manuel Martínez Barahona, requiere de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1 ° , inciso segundo, de la Ley N ° 18.216 y, del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N ° 17.798, para que surta efectos en el proceso penal causa RUC 1601197590-2, RIT 361-2017, que se sustancia en el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago; 2° . Que, a fojas 49, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, el que fue acogido a trámite con fecha 19 de julio de 2017, conforme rola a fojas 50; 3 ° . Que el artículo 93, inciso primero, N° 6°, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementa con la preceptiva que se contiene en la Ley N° 17.997, Orgánic...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 5445
tando Aida Santiago, cinco de marzo de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, a lo principal de fojas 34, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3". Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de lo principal de fojas 34. Téngase a la parte requirente por desistida, y por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese al efecto. Notifíquese y comuniquese. Archívese. Rol N* 5445-...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 6312
0000119 CIENTO DIEZ Y NUEVE Santiago, trece de abril de dos mil veinte. A fojas 118, téngase por evacuado el traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que, se formuló presentación a fojas 118, a dicho efecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 111. Téngase a la requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 6312-19-INA. SRA. BRAHM Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, inte...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 10072
0000098 NOVENTA Y OCHO Santiago, once de marzo de dos mil veintiuno. A fojas 97, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que, se evacuó presentación por el Ministerio Público a fojas 97, aceptando el anotado desistimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1°. Ha lugar a la solicitud de fojas 90. Téngase a la requirente por desistida y, en consecuencia, terminado el presente proceso constitucional a su respecto. 2°. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Notifíquese y comuníquese. Rol N...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 3923
000110 cub aL Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil dieciocho. Proveyendo a fojas 109, téngase por evacuado el traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19. Que, a fojas 101, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley NS 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, a fojas 102, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3 %. Que, evacuando el traslado a fojas 109, no se formuló oposición por parte del Ministerio Público al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 101. Téngase a la parte requirente por desistida, y téngase por terminado el presente proceso constitucional. Déj...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
Santiago, diecisiete de enero de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1 ° . Que, con fecha 18 de agosto de 2017, Camilo Ignacio Retamales Merino, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1 ° de la Ley N ° 18.216 y, del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N ° 17.798, para que surta efectos en el proceso penal RUC N ° 1500566207- 6, RIT N ° 247-2017, seguido ante el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago; 2° . Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, el que fue acogido a trámite con fecha 29 de agosto de 2017, disponiéndose la suspensión parcial del procedimiento sólo en el evento de que el actor fuere condenado en el juicio penal seguido en su contra; 3° . Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores ha resuelto, conforme al mérito de cada caso particular, que...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 6002
Santiago, dieciséis de abril de dos mil diecinueve. A fojas 68, téngase por evacuado el traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19. Que, a lo principal de fojas 59, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 20. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley NO 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3". Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de lo principal de fojas 59. Téngase a la parte requirente por desistida, y por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese al efecto. Notifíquese y...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 9457
0000087 OCHENTA Y SIETE Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que no fueron evacuados traslados. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1°. Ha lugar a la solicitud de fojas 41. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2°. Álcese suspensión del proceso decretada en autos. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 9457-20-INA. Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidenta, Mi...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
000035 Santiago, catorce de noviembre dos mil diecisiete. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1 ° . Que, con fecha 11 de octubre de 2017, Pedro Rodríguez Rodríguez, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1 ° , inciso segundo, de la Ley N ° 18.216 y, del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N ° 17.798, para que surta efectos en el proceso penal causa RUC 1500946882-7, RIT 157-2017, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles; 2° . Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, el que fue acogido a trámite con fecha 17 de octubre de 2017, conforme rola a fojas 21; 3 ° . Que el artículo 93, inciso primero, N° 6°, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementa con la preceptiva que se contiene en la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cuyo artículo 84 establece en ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 6875
Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, a lo principal de fojas 44, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley No 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3%. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de lo principal de fojas 44. Téngase a la parte requirente por desistida, y por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese al efecto. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N* 6875-...
Tribunal Constitucional