Jurisprudencia
4.000 sentencias del Tribunal Constitucional indexadas con considerandos parseados y citaciones a normas.
INA-Inadmisibilidad
000050 Chia 13 Santiago, treinta y uno de octubre dos mil diecisiete. A fojas 32, ténganse por acompañadas las piezas remitidas por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Felipe. A fojas 49, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 22 de septiembre de 2017, José Luis Reinoso Valdivia, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1%, inciso segundo, de la Ley N* 18.216, para que surta. efectos en. el. proceso penal causa RUC 1500322215-K, RIT 71-2017, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Felipe; 2%. Que, a fojas 27, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, el que fue acogido a trámite con fecha 26 de septiembre de 2017, conforme rola a fojas 28; 3%. Que el artículo 93, inciso primero, N* 6*, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementa con la pr...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 6142
000038 1 burda qui Santiago, veintitrés de abril de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Oue, a lo principal de fojas 29, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N' 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3". Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el articulo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de lo principal de fojas 29. Téngase a la parte requirente por desistida, y por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíiciese al efecto, Notifíquese y comuniquese. Archívese. ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 6020
000100 Gen Santiago, dieciséis de abril de dos mil diecinueve. A fojas 99, téngase por evacuado el traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2". Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N9 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3". Que, a fojas gg el Ministerio Público acepta el desistimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1%. Halugar a la solicitud de fojas go. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2%, Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N* 6020-19-INA. Sr. Hernán...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
000084 1 aChcala. y cauabo Santiago, cinco de octubre de dos mil diecisiete. Proveyendo fojas 72 y 78, agréguense a los autos los oficios remitidos. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1. Que, por resolución de 12 de septiembre de 2017, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en autos por Jonathan Bryan Calvo Mendizabal respecto del inciso segundo del artículo 1” de la Ley No 18.216, en el proceso penal RUC N* 1600773332-5, RIT N* 126-2017, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota; 2%. Que, en la misma resolución aludida, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, la Sala confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes en la gestión sublite, traslados que no fueron evacuados en tiempo y forma; 3”. Que el artículo 84, N” 3”, de la Ley NO 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional -en relación con el artículo 93, inciso undécimo, de la Constitución Política- dis...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 7770
000045 ” CIAO Y QUALO Santiago, veintiuno de enero de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, a lo principal de fojas 37, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2%, Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N0 37.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco dias a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3". Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de lo principal de fojas 37. Téngase a la parte requirente por desistida, y por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese al efecto. Notifíquese y comuniquese. Archívese. ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 3817
000 167 1 Santiago, cinco de octubre de dos mil diecisiete. Proveyendo fojas 59, a lo principal, segundo y tercer otrosíes, téngase presente, y al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1 ° . Que, por resolución de 7 de septiembre de 2017, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en autos por Felix Eduardo Cubillo Rojas respecto del inciso segundo del artículo 1 ° de la Ley No 18.216 y del artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley No 17.798, en el proceso penal RUC N ° 1500251877-2, RIT N ° 133-2016, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talagante; 2 ° . Que, en la misma resolución aludida, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, la Sala confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes en la gestión sublite, traslado que fue evacuado por el Ministerio Público; 3 ° . Que el artículo 84, N ° 3 ° , de la Ley No 17.997, Orgánica Constituc...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 4662
000097. kdotuil)a-zo a Santiago, dieciocho de octubre de dos mil dieciocho. A fojas 96, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que, a fojas 96, el Ministerio Pública acepta el aludido desistimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 86. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2°. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 7433
Santiago, seis de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 17. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2”. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N2 17-997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3*. Que, no fueron formuladas observaciones. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 26. Téngase a la parte requirente ya anotada por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N* 7433-19-INA. ut hn Sra. Brahm ecchi Sr. Aróstica Sr Hernández P Ad a / - > PL To Sr, Letelier. _——...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 7755
Santiago, diez de marzo de dos mil veinte. A fojas 63, por evacuado el traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, a lo principal de fojas 55, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N0 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3*. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de lo principal de fojas 55. Téngase a la parte requirente por desistida, y por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese al efecto. Notifíquese y comuníquese. Arc...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 7104
O Santiago, cinco de agosto de dos mil diecinueve. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO. Oue, a fojas 1, con fecha 25 de julio de 2019, Sergio Lautaro Cea Cienfuegos deduce requerimiento de inconstitucionalidad respecto del “Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, del 3 de octubre de 1991, publicado en el D.O. del 5 de octubre de 1991”, en el marco del proceso penal sustanciado en su contra por el Ministro de Fuero de la Excma. Corte Suprema, señor Lamberto Cisternas Rocha, bajo el Rol N* 1-1993. SEGUNDO. Que, el artículo 93, inciso primero, N* 29, de la Constitución Política confiere a este Tribunal Constitucional la atribución de "resolver sobre las cuestiones de constitucionalidad de los autos acordados dictados por la Corte Suprema, las Cortes de Apelaciones y el Tribunal Calificador de Elecciones”. Por su parte, la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional (LOCTO), regula las "cuestiones de constitucionalidad sobre autos acordados”, en sus artículos 52 y sig...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 8923
0000059 CINCUENTA Y NUEVE Santiago, veintinueve de septiembre de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, la parte requirente, a fojas 51, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que, el Ministerio Público, a fojas 58 no manifiesta oposición. Y TENIENDO PRESENTE, lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1º. Ha lugar a la solicitud de fojas 51. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2º. Álcese la suspensión del procedimiento decretada con fecha 15 de julio de 202, que rola a fojas 24. Notifíquese, comuníquese y archívese. Rol N° 8923-20-...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 4683
ULUy 48 Guowrimla Jj oudho Santiago, dos de octubre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 17. Que, a fojas 38, Claudio Fierro Morales, en representación de Manuel Nicanor Cabrera Farías, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2”. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, a fojas 97, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3". Que, fueron evacuadas presentaciones respecto del traslado que fuera conferido, por el Ministerio Público, allanándose al desistimiento promovido a fojas 38. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1. Ha lugar a la solicitud de fojas 38. Téngase a la requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2. Álces...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 11174
0000170 CIENTO SETENTA 1 Santiago, diez de agosto de dos mil veintiuno. A fojas 167 y 168, por evacuados los traslados. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, a fojas 160, la requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud fojas 160. Téngase a la parte requirente por desistida, y por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese al efecto. Notifíquese y comuníquese. Arch...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
Santiago, siete de agosto de dos mil diecisiete. A fojas 15, a lo principal, téngase como parte; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo otrosí, ténganse por acompañados; al tercer otrosí y cuarto otrosíes, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1?. Que, con fecha 20 de junio de 2017, los jueces titulares del Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, José Antonio Sánchez Maestri y Freddy Muñoz Aguilera, han requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1”, de la Ley N” 18.216, para que surta efectos en el proceso penal causa RUC 1600317072-5, RIT 283-2017, que se sustancia ante dicha judicatura; 2%. Que, a fojas 9, la señora Presidenta(s) del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, el que fue acogido a trámite con fecha 27 de junio de 2017, según consta a fojas 10; 3”. Que el artículo 93, inciso pr...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 4730
000048 it,f,tivitt),/eridu) Santiago, cuatro de septiembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 10. Que, a fojas 38, Claudio Fierro Morales, en representación de Franco Andrés Núñez Muftoz, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, a fojas 97, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que, con fecha 23 de agosto de 2018, a fojas 47, fue evacuada presentación por Hernán Ferrera Leiva, por el Ministerio Público, parte requerida en estos autos, allanándose al desistimiento promovido a fojas 38. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1. A fojas 38, a lo principal, ha lugar a la solicitud. Téngase a la requirente por desistida y, e...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5116
pd CONSTITDO 7 4 OS 1 : 8) 000044 S Cuarenta y cuadro Santiago, doce de marzo de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%, Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3*. Que, no se evacuaron presentaciones a dicho efecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1%. Ha lugar a la solicitud de fojas 35. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2%. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N* 5116-18-INA. Sr rela Sra. Brahm Pronun...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5112
000J95 Santiago, veintisiete de diciembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 379, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, a fojas 387 el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 30. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de lo principal de fojas 379. Téngase a la parte requirente por desistida, y por terminado el presente proceso constitucional. Déjase sin efecto la suspensión del procedimiento decretada a fojas 168. Ofíciese. Notifíquese y comuníques...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 7192
00908: Oteo Yo ¿o vOO 7 Santiago, cinco de noviembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 17. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Que el Ministerio Público evacuó traslado a fojas 84, allanándose al desistimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 19, Ha lugar a la solicitud de fojas 77. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2%. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N* 7192-19-INA. Ab Bu, SRA. BRAHM SR. ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 4107
000081 sdiotisoo Santiago, tres de mayo de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que, a fojas 80, el Ministerio Público acepta el desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1 2 . Ha lugar a la solicitud de fojas 72. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2 2 . Álcese la suspensión parcial del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 4107-17-INA. SR. LETELIER Pronunciada por el...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5985
pa, Santiago, dieciséis de abril de dos mil diecinueve. - VISTOS Y CONSIDERANDO: 19. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2”. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Que, no se formularon presentaciones a dicho respecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1%, Ha lugar a la solicitud de fojas 36. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 20, Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuniquese. Archívese. Rol N* 5985-19-INA. Óstica 7 Sr. Hernández Sr. Romero ONE Sra. Brahm Sr Pronunciada p...
Tribunal Constitucional