Jurisprudencia
4.000 sentencias del Tribunal Constitucional indexadas con considerandos parseados y citaciones a normas.
TC Rol 7426
000108 to ko Santiago, dieciséis de octubre de dos mil diecinueve. A fojas 47, ténganse por acompañadas las piezas remitidas. A fojas 97, téngase por evacuado traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 13 de septiembre de 2019 Rosa Adelina Álvarez Cortes ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 41, incisos primero y segundo, del Decreto con Fuerza de Ley N* 707, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, en los autos caratulados “Almagro S.A. con Álvarez”, seguido ante el 26? Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, bajo el Rol C-23.824-2019; 2%. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala, admitiéndose a tramitación con fecha 17 de septiembre de 2019, a fojas 42; 3”. Que, del examen del requerimiento deducido, esta Sala ha logrado formarse convicción en cuanto a que la acción constituc...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 8629
0000026 VEINTE Y SEIS Santiago, veintidós de abril de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Con fecha 17 de abril de 2020, BGR Latam S.A. ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 23, del DFL 2, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social de 1967; y en subsidio, respecto de los artículos 505 bis, y 506, del Código del Trabajo, en el proceso RIT I- 221-2019, RUC N° 1940219720-2, sobre reclamo de multa, seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, por recurso de nulidad, bajo el Rol N° 208-2020. 2°. La señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura. 3º. El artículo 93, inciso primero, Nº 6º, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementa con la preceptiva que se contiene en la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5931
000104 Santiago, dieciséis de enero de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 10 de enero de 2019, Sebastián Busch González, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 22, del DFL N* 707, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, en el proceso penal sobre giro doloso de cheques, seguido ante el Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz, bajo el RUC N* 1810024503-1, RIT N* 948-2018; 2%, Que, el señor presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala. 3%. Oue, esta Magistratura Constitucional, en diversas oportunidades ha resuelto, conforme al mérito de cada caso particular, que si un requerimiento de inaplicabilidad adolece de vicios o defectos tales que hacen imposible que pueda prosperar, resulta inconducente que la Sala respectiva efectúe un examen previo de admisión a trám...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5783
000620 Cia tLte Santiago, veintiséis de diciembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 11 de diciembre de 2018, Empresa de Inversiones Pedro Rivera Ramos E.I.R.L., represnetada convencionalmente por Christian Castro Méndez, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 22%, del DFL N* 707, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, en el proceso penal sobre giro doloso de cheques, seguidos ante el Juzgado de Garantía de Calama, bajo el RUC N* 1610037727-K, RIT N* 6904-2016; 2". Que, el señor presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala. 3%. Oue, esta Magistratura Constitucional, en diversas oportunidades ha resuelto, conforme al mérito de cada caso particular, que si un requerimiento de inaplicabilidad adolece de vicios o defectos tales que hacen imposible que pueda pros...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5901
Santiago, treintaiuno de mayo de dos mil diecinueve. A fojas 52, como se pide. Notifíquese. Rol N* 5901-18-INA. PROVEÍDO POR EL SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. JO. m YN AUTORIZA EL SEÑOR SECREÍTARIO (S). | 000054, Notificaciones TC (GVZ) nr Cuida de Cua De: tribunalconstitucional.cl <seguimientoOtcchile.cl> Enviado el: lunes, 3 de junio de 2019 12:48 Para: andresOsalazarabogados.cl Asunto: Notificacion Rol 5901-19 Datos adjuntos: 12340_1.pdt Señor abogado Andrés Salazar Meza: Adjunto remito a usted resolución dictada por este Tribunal en el proceso Rol N* 5901-19-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Claudia del Carmen Valdés Lecaros Servicios Educacionales E.I.R.L. respecto del inciso segundo del artículo 15 del DFL N?* 2, de Educación, en los autos sobre procedimiento de cobranza laboral, RIT N* C-33-2018, RUC N? 1840082944-2, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de San Fernando. Atentamente,...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 6804
000034 - brunta ) pued 4 Santiago, veinticinco de junio de dos mil diecinueve. A fojas 31, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. ROL N? 6804-19-INA. SRA. BRAHM Va, SR/FERNÁNDEZ Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Gonzalo García Pino, la Ministra señora María Luisa Brahm Barril y, los Ministros señores Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y Miguel Ángel ernández Autoriza la'señ i élica Barriga Meza. ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 8971
0000015 QUINCE 1 Santiago, veintidós de julio de dos mil veinte. VISTO Y CONSIDERANDO: 1º. Que para el examen de admisión a trámite de la acción constitucional interpuesta en autos, debe verificarse el cumplimiento de los requisitos consignados en los artículos 79 y 80 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de este Tribunal Constitucional, en relación con el artículo 82 de la misma ley. El artículo 80 dispone que “el requerimiento de inaplicabilidad, sea promovido por el juez que conoce de la gestión pendiente o por una de las partes, deberá contener una exposición clara de los hechos y fundamentos en que se apoya y de cómo ellos producen como resultado la infracción constitucional. Deberá indicar, asimismo, el o los vicios de inconstitucionalidad que se aducen, con indicación precisa de las normas constitucionales que se estiman transgredidas”. 2º. Que del tenor de la acción de inaplicabilidad deducida a fojas 1, aparece que aquella no cumple con lo dispuesto en el refer...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 12857
0000027 VEINTE Y SIETE Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que la parte requirente no dio cumplimiento a cabalidad a lo ordenado por esta Sala con fecha 3 de febrero del año en curso, que rola a fojas 15, en cuanto aclarar la calificación jurídica de los delitos por los cuales se encuentra investigada, toda vez que en su presentación de fojas 24 señala dentro de los ilícitos imputados la infracción al artículo 4 de la Ley N° 20.000, esto es tráfico en pequeñas cantidades, lo que no se condice con el certificado que acompaña a fojas 13, que señala tráfico ilícito de drogas, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 15581
0000141 CIENTO CUARENTA Y UNO Santiago, doce de julio de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 3 de julio de 2024, Yetzabet Natali Ceballos Aliaga ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 14 bis, de la Ley N° 20.066, sobre Violencia Intrafamiliar, en el proceso penal RIT N° 1936-2022, RUC N° 2200777626-1, seguido ante el Juzgado de Garantía de Quillota; 2°. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3°. Que, para el examen de admisión a trámite del requerimiento de inaplicabilidad deducido en autos, debe verificarse el cumplimiento de los requisitos consignados en los artículos 79 y 80 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de este Tribunal Constitucional; 4°. Que, el artículo 79, inciso segundo de dicho cuerpo normativo dispone que “Si la cuestión es promovida por una parte ejerciendo l...
Tribunal ConstitucionalINA-STC
0000029 VEINTE Y NUEVE 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 10.604-2021 [29 de julio de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18.216 VISTOS: Requerimiento, norma impugnada, gestión judicial en que incide y tramitación A fojas 1, Ronald Alfredo Castro Mora deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley Nº 18.216, en el proceso penal RUC N° 1800494492-1, RIT N° 2921-2018 del Decimoquinto Juzgado de Garantía de Santiago. El requirente se encuentra imputado por los delitos de porte ilegal de arma de fuego y municiones, y de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas. El requerimiento se acogió a trámite y declaró admisible por la respectiva Sala de este Tribunal Constitucional, oportunidad procesal en que fue decretada la...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 17599
0000008 OCHO Santiago, veinticinco de mayo de dos mil veintiséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 1, con fecha 14 de mayo de 2026, Johns Salazar Pavez requiere la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1° inciso segundo de la Ley N° 18.216, que establece penas que indica como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad, para que ello incida en el proceso penal RIT N° 4582-2024, RUC N° 2400837099-7, seguido ante el Décimo Primer Juzgado de Garantía de Santiago; 2°. Que la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó la cuenta del requerimiento ante la Primera Sala; 3º. Que, el artículo 93 incisos primero, Nº 6º, y decimoprimero de la Constitución Política, se complementa con la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cuyo artículo 84 establece en su inciso primero, N° 6°, que un requerimiento deberá ser declarado inadmisible cuando no cuente con fundamento plausible o razonab...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 11791
0000022 VEINTE Y DOS Santiago, trece de septiembre de dos mil veintiuno. A fojas 19, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 3 de septiembre, Juana Irma Meza Sandoval ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 1°, inciso segundo, de la Ley Nº 18.216; y 17 B), inciso segundo, de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC N° 2100547687-6, RIT N° 2956-2021, seguido ante el Juzgado de Garantía de Colina; 2°. Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3º. Que, el artículo 80 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional señala que “El requerimiento de inaplicabilidad, sea promovido por el juez que conoce de la gestión pendiente o por una de las partes, deberá contener una exposición clara de los hechos y fundamentos en que se apoya y de cómo ellos producen como resultado la infracción constitucional. Debe...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 16215
0000034 TREINTA Y CUATRO Santiago, tres de marzo de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 11 de febrero de 2025, Marcelo Andrés Pardo Merino ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, en el proceso penal RIT N° 132-2023, RUC N° 2300045533-4, seguido ante el Juzgado de Garantía de Chillán; 2°. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3°. Que, para el examen de admisión a trámite del requerimiento de inaplicabilidad deducido en autos, debe verificarse el cumplimiento de los requisitos consignados en el artículo 80 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional; 4°. Que, el artículo 80 de la Ley Nº 17.997, que “El requerimiento de inaplicabilidad, sea promovido por el juez que conoce de la gestión pendiente o por una de las pa...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 17468
0000050 CINCUENTA Santiago, siete de abril de dos mil veintiséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 27 de marzo de 2026, Leslie Carolina Rivera Guerrero deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 248, letra c); y 259 inciso final, del Código Procesal Penal, para que ello incida en el proceso penal RIT N° O-231-2024, RUC N° 2410013507-4, seguido ante el Juzgado de Garantía de Vicuña; 2°. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3°. Que, esta Magistratura Constitucional, teniendo presente lo resuelto en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión a trámite y procediendo que la mis...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 3854
0000049 CUARENTA Y NUEVE INGRESADO 02:58:34 En lo principal: Se declare inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad 14-09-2017 Otrosí: Se tenga presente personería y patrocinio Excmo. Tribunal Constitucional de la República CLAUDIO PRAMBS JULIÁN, abogado habilitado para el ejercicio profesional, Cédula Nacional de Identidad N° 8.938.787-6, con domicilio en calle Libertador Bernardo O´Higgins nº 535, of. 203, Osorno, y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 de la L.O.T.C., en calle Morandé nº 322, of. 207, Santiago, actuando en representación del imputado Jaime Acuña Álvarez, comerciante, para estos efectos de mi domicilio, en requerimiento de inaplicabilidad, Rol nº 3.854-2017, ante US. Excmo. comparezco y, respetuosamente, digo: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, vengo en solicitar se declare inadmisible el requerimiento deducido en virtud de los siguientes motivos legales de inadmisibilidad. 1. An...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 7605
Santiago, seis de noviembre de dos mil diecinueve VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento dentro de plazo a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. ROL N* 7605-19-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor iván Aróstica Maldonado, los Ministros señores Domingo Hernández Emparanza, Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Mi señora Marí Pía Silva Gallinato. Autorizada etaca nstitucional, señora María Angélica Barriga Meza. 000025 AA) Notificaciones TC (OFS) De: Enviado el: Para: Asunto:...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 7810
hoi, Santiago, tres de diciembre de dos mil diecinueve A fojas 30, a lo principal: estese a lo que se resolverá; al otrosí: téngase por acompañado. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento íntegro a lo ordenado por esta Sala, en cuanto la certificación nuevamente acompañada carece de referencia a coimputados en la gestión judicial pendiente, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. ROL N?* 7810-19-INA. mo be Sra. Brahm Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril y los Ministros señores Gonzalo García P...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 11151
0000018 DIEZ Y OCHO Santiago, quince de junio de dos mil veintiuno. A fojas 17, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, téngase por retirado el requerimiento deducido a fojas 1, el que se tiene por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese. Rol N° 11.151-21-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, por sus Ministros señores Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar, y Nelson Pozo Silva y señora María Pía Silva Gallinato. Firma la señora Presidenta de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señor...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 12010
0000050 CINCUENTA INGRESADO 15:57:59 25-10-2021 ROL DE INGRESO: 12010-21 RELATOR: FRANCISCA HERESI GAJARDO ACOMPAÑA DOCUMENTO EXCELENTÍSIMO TRIBUNAL CONSTITUCIONAL CLAUDIO FIERRO MORALES, JAVIER RUIZ QUEZADA, MARCELA BUSTOS LEIVA y SEBASTIÁN UNDURRAGA DEL RIO, Abogados de la Defensoría Penal Pública, todos domiciliados para estos efectos en Av. Alameda Bernardo O’Higgins 1449, Torre 1, piso 8, Santiago, actuando en representación de don ERICK IGNACIO BUSTAMANTE VILLARROEL, cédula nacional de identidad N°º18.036-902-3, para estos efectos del mismo domicilio, a SS. Excma., con respeto decimos: Que acompañamos copia del Certificado de Gestión Pendiente expedido con fecha 21 de octubre de 2021 por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar en causa RUC 1800419662-3, RIT 6213-2018, seguida en contra de nuestro representado, y que señala como gestión pendiente la audiencia de procedimiento abreviado y apercibimiento de cierre de investigación fijada para el día 1 de diciembre de 202...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
000075 Santiago, diez de julio de dos mil diecinueve. VISTO Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 10 de junio de 2019, Gonzalo Díaz González, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 19, inciso tercero, en relación a los artículos 7? y 485, del Código del Trabajo, en los autos RIT T-278- 2018, RUC 18-4-0120205-2, caratulados “Monjes Morales con Fisco de Chile”, sobre despido injustificado, nulidad de despido y cobro de prestaciones, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción; 2". Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3”. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que...
Tribunal Constitucionalinaplicabilidad