Jurisprudencia
4.000 sentencias del Tribunal Constitucional indexadas con considerandos parseados y citaciones a normas.
INA-Inadmisibilidad
Ssantiago, ocho de enero de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, por resolución de 2 de diciembre de 2014, esta Segunda Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en estos autos por Hugo Bravo lLópez respecto del artículo 41, inciso primero, del Decreto con Fuerza de lLey N 707, de 1982, del Ministerio de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, para que surta efectos en el proceso ejecutivo caratulado "Inversiones Penta IIT Limitada con Bravo", sustanciado ante Octavo dJuzgado Civil de Santiago, bajo el Rol N' C-21.366-2014; 2%. Que, para pronunciarse acerca de la admisibilidad del requerimiento, la Sala confirió traslado por el plazo de diez días a Inversiones Penta III Limitada, traslado que fue evacuado en tiempo y forma, y, por resolución de 23 de diciembre de 2014, ordenó que vinieran las partes a alegar acerca de la admisibi...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000266 pueda Santiago, nueve de mayo de dos mil diecinueve. A fojas 58, téngase presente. A fojas 59, estése a lo que se resolverá. VISTO Y CONSIDERANDO: 2. Que, con fecha 30 de abril de 2019, la Ilustre Municipalidad de Curacaví ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 1%, inciso tercero; 3%, inciso séptimo; 7% 8% 420, letra a), 485, y 489, incisos cuarto y quinto, todos del Código del Trabajo, en los autos caratulados “Ávila con Ilustre Municipalidad de Curacaví”, RIT T-6-2019, RUC 19-4- 0166568-7, sobre denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales, seguidos ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Casablanca; 2%. Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3”. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
Santiago, diecisiete de julio de dos mil catorce. Proveyendo al cuarto otrosí de fojas 1, téngase presente respecto del abogado señor José Ignacio Figueroa. A lo principal de fojas 33, téngase presente; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado conferido; al segundo otrosí, téngase por acompañado el documento, bajo apercibimiento legal, y al tercer otrosí, téngase presente. A fojas 46, a sus antecedentes. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, por resolución de 26 de junio de 2014, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en estos autos por Rodrigo Paz Henríquez respecto del artículo 277, inciso segundo, del Código Procesal Penal, en la parte que dispone “cuando lo interpusiere el ministerio público por la exclusión de pruebas decretada por el juez de garantía de acuerdo a lo previsto en el inciso tercero del artículo precedente”, para que surta efectos en los autos RIT 1804-2014, RUC 1400102133-9, de que conoce el Octa...
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Santiago, diecinueve de julio de dos mil diecisiete. Proveyendo a fojas 75: a lo principal, como se pide; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo otrosí, téngase por acompañado; al tercer otrosí, téngase presente. Proveyendo a fojas 84: por cumplido lo ordenado, agréguese la documentación remitida. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1° . Que, con fecha 21 de junio de 2017, don Juan Carlos Astudillo Estay, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1 ° , inciso segundo, de la Ley N ° 18.216, para que surta efectos en el proceso sobre recurso de nulidad penal, actualmente por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, bajo el Rol N ° 991-2017; 2 ° Que, con fecha 27 de junio, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento deducido. En la misma oportunidad, suspendió el procedimiento en que incidiría la inaplicabilidad materia de autos y, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, confirió traslado por 10 dí...
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Santiago, tres de dicier A fojas 47, a lo evacuado traslado; al s VISTOS Y CON 1. Que, con fe presentado un requeri del artículo 186, 248, le RUC N* 1410029116-K, Rancagua; 2%. Que, la señ diera cuenta del requer siendo admitido a tram 3". Que el artíc mismo, de la Constity contiene en la Ley No cuyo artículo 84 establ deberá ser declarado | tramitación; 47. Que, es nec: requerimiento se encu declare la inaplicabilida 6”. Que, según dice relación con el e resoluciones del Juzga requirente tiene calidad 7”. Que, consta se encuentran resueltos. 8%. Que, en € pendiente invocada y prosperar al no existir g declaración de inaplid requirente. Así, no cun pendiente Útil, en la cuestionados, tal co Constitucional, la acció! 500, C. 4; Y, 1276, C. 47). - 000054 mbre de dos mil diecinueve. principal: téngase como parte; al primer otrosi: téngase por egundo otrosí: téngase presente. SIDERANDO: ha 23 de octubre de 2019, Hervin Segundo Fredes Mañan ha miento de inaplicabilidad por in...
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000045 tivanemla ygirco Santiago, veinticuatro de abril de dos mil diecinueve. A fojas 37 y 39, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 14 de enero de 2019, don Felipe Salas Torres, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad respecto de los articulos 1%, inciso tercero, y 485, del Código del Trabajo, en los autos RIT T-1652-2018, RUC 18-4-0143604-5, caratulados “Naglieri con Wolleter”, sobre tutela de derechos fundamentales y actos discriminatorios, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago; 2”. Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura, siendo admitido a trámite según consta a fojas 42; 3%. Que, del examen del requerimiento deducido, esta Sala ha logrado formarse convicción en cuanto a que la acción constitucional deducida no puede prosperar, por ...
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000023 vObthes Santiago, tres de diciembre de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 22 de noviembre de 2019, Ernesto Núñez Parra, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 241, inciso tercero, del Código Procesal Penal, en el proceso penal RUC N* 1900470661-k, RIT N* 3237-2019, seguido ante el 8% Juzgado de Garantía de Santiago; 2", Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3”. Oue, convocada la Sala a adoptar acuerdo en sede de admisión a trámite, ha logrado formarse convicción de que la acción constitucional deducida no puede prosperar, por lo que ella será declarada desde ya inadmisible, al concurrir la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 6% del artículo 84 de la Ley Orgánica Constitucional de esta Magistratura, esto es, adolecer de falta de fundamento plausible; 4”. Que, conform...
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O0DCO? Mama y EuCo Santiago, cinco de julio de dos mil dieciocho. A fojas 36, ténganse por acompañadas las piezas remitidas. A fojas 54, a lo principal, téngase como parte; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo otrosí, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 25 de mayo de 2018, Óscar Neculfilo Huisca, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 195, 196 bis y 196 ter, de la Ley N” 18.290, en el marco del proceso RIT 60-2018, RUC 131610037386-k del Tribunal de Juicio Oral de Valdivia; 2%. Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala, el que fue acogido a trámite con fecha 30 de mayo de 2018, a fojas 32; 3%. Que esta Magistratura Constitucional ha resuelto, conforme al mérito de cada caso particular, que si un requerimiento de inaplicabilidad adolece de vicios tales que hacen imposible que pueda prospe...
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000308 ; Santiago, veinticinco de junio de dos mil diecinueve. A fojas 30, ténganse por acompañadas las piezas remitidas. A fojas 279, a todo, estese a lo que se resolverá, A fojas 281, a lo principal, téngase como parte; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo otrosí, estese a lo que se resolverá; al tercer y cuarto otrosíes, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 23 de mayo de 2019, Raúl Leal Leal, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 8, numeral 9, de la Ley N* 18.101, en los autos caratulados “Plaza Estación S.A. con Leal”, Rol C-34193-2018, sobre término de contrato de arrendamiento, seguidos ante el 8? Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago; 22. El señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala, el que fue acogido a trámite con fecha 4 de junio de 209, a fojas 25, a fojas 75. 3*. Del examen del re...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
Santiago, veinticinco de septiembre de dos mil dieciocho. Proveyendo a fojas 179, téngase por cumplido lo ordenado y agréguense los documentos al expediente. A fojas 181 y 270, a todo, a sus antecedentes. VISTOS: Introducción A fojas 1, con fecha 8 de junio de 2017, Luis Alberto Sepúlveda Navarro deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 64 de la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, y del artículo 73 del Decreto N° 412, de 1991, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL N° 2, de 1968, Estatuto del Personal de Carabineros de Chile, para que produzca efectos en la causa sobre recurso de protección caratulada “Sepúlveda con Comisión Medica Central de Carabineros”, de que conoce la Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el Rol N° 23.137-2017. El requerimiento fue admitido a tramitación y declarado admisible por resoluciones de la Primera Sala de esta Magistratura, ordenándose asimismo la suspen...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000065 Mendo quen Santiago, veinticuatro de abril de dos mil diecinueve. A fojas 47, 51 y 58, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1. Que, con fecha 18 de enero de 2019, don Ramón Barría Cárcamo, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad respecto de los artículos 19, inciso tercero, y 3", inciso primero, del Código del Trabajo, en los autos RIT O-3754-2018, RUC 18-4- 0111:101-4, caratulados “Ancalao con Fisco de Chile”, sobre demanda declarativa de reconocimiento de relación laboral, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago; 2”. Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura, siendo admitido a trámite según consta a fojas 42; 3”. Que, del examen del requerimiento deducido, esta Sala ha logrado formarse convicción en cuanto a que la acción constitucional deducida no p...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
0007 25 1 mio ROL mao Santiago, veintisiete de marzo de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 21 de marzo de 2019, Javier Ignacio Farias Gutiérrez deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 19 de la Ley N* 18.216, en el proceso penal RUC N* 1700000736-6, RIT N* 704-2018, seguido ante el Sexto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, y en actual conocimiento de la Corte Suprema por recurso de nulidad con apelación subsidiaria, bajo el Rol N* 5422-2019. 2”. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura. 3”. Oue esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 6505
000031 qu Santiago, tres de mayo de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 26 de abril de 2019, Víctor Yonathan Vivar Barría deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del articulo 1% de la Ley N% 18.216, en el proceso penal RUC N* 1700080361-8, RIT N* 83-2019, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica. 2”. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura. 3”. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, asi, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión a trámite y procediendo que la misma declare derechamente la inadmisibilidad de la acción deducida (entre otras, s...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
000349 /tiAu.1/114~ Santiago, tres de enero de dos mil dieciocho. Proveyendo a fojas 87: agréguese a estos autos la documentación remitida. Proveyendo a fojas 301: a lo principal, téngase por evacuado el traslado; al primer otrosí, ténganse por acompañados; al segundo y tercer otrosíes, téngase presente. Proveyendo a fojas 336: a lo principal, téngase por evacuado el traslado; al primer y tercer otrosíes, téngase presente; al segundo otrosí, téngase por acompañado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1° . Que, con fecha 28 de noviembre de 2017, Alejandro Antonio Acevedo Solar ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 8 ° de la Ley N ° 20.720, sobre Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas, para que surta efectos en el procedimiento concursal de liquidación voluntaria, Rol C-219-2017, seguido ante el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de San Antonio, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, por recurso de apela...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000070 pde. Santiago, veinte de marzo de dos mil diecinueve. A fojas 59, téngase presente. A fojas 61, estese a lo que se resolverá. A fojas 63, a lo principal: téngase como parte; al primer otrosí: téngase por evacuado traslado; al segundo otrosí: téngase presente; al tercer otrosí: téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 18 de enero de 2019, don Ramón Barría Cárcamo, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad respecto de los artículos 19, inciso tercero, y 3%, inciso primero, del Código del Trabajo, en los autos RIT O-3477-2018, RUC 18-4- 0108652-4, caratulados "Peña con Fisco de Chile-Ministerio de Hacienda”, sobre demanda declarativa de reconocimiento de relación laboral, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago; 2”. Que, el señor Presidente (s) del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magis...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
Santiago, veinticuatro de abril de dos mil diecinueve. Afojas 46 y 52, atodo, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 29 de enero de 2019, don Felipe Salas Torres, Juez Titular del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad respecto de los artículos 1%, inciso tercero, y 3%, inciso primero, del Código del Trabajo, en los autos RIT O-3984-2018, RUC 18-4- 0113207-0, caratulados “Candia con Ministerio del Interior Intendencia Región Metropolitana”, sobre demanda por reconocimiento de relación laboral, seguidos ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago; 2”, Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura, siendo admitido a trámite según consta a fojas 39; 3”. Que, del examen del requerimiento deducido, esta Sala ha logrado formarse convicción en cuanto a que la acción constitucional d...
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00002.2 Santiago, veintisiete de septiembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 24 de septiembre de 2018, Vicente Alexis Manríquez Morales respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, en el proceso penal RUC N° 1700541457-1, RIT N° 271-2018, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua. 2°. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura. 3°. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión a trámite y procediendo que la misma declare derechamente la inadmisibilidad de la acción deducida (entre otras, sentencias roles N°s 1924, 1890, 187...
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Santiago, dieciocho de octubre de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19, Que, con fecha 10 de octubre de 2019, Andrés Orlandy Espinoza Torres deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1? de la Ley N* 18.216, en el proceso penal RUC N? 1600747290-4, RIT N? 2322-2018, seguido ante el Juzgado de Garantía de Linares. 2”. Que la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura. 3”. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión a trámite y procediendo que la misma declare derechamente la inadmisibilidad de la acción deducida (entre otras, sentencias ro...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000491 Centros, 0) Les Cao Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil diecinueve. A fojas 129, ténganse por acompañadas las piezas remitidas. A fojas 490, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 17. Que, con fecha 30 de junio de 2019, la llustre Municipalidad de Salamanca ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del articulo 238 del Código de Procedimiento Civil, en relación al artículo 32 de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en los autos caratulados “Ingeniería y Construcción Puerto Principal S.A. con Municipalidad de Salamanca”, sobre demanda en juicio ordinario de cumplimiento forzado de contrato con indernnización de perjuicios, seguidos ante el Juzgado de Letras de Illapel, bajo el Rol C-830-2017; 2%, Que, el requerimiento fue admitido a trámite, según consta a fojas 124, confiriendo traslado a las demás partes de la gestión pendiente; 3”. Que, del examen del requerimiento interpuesto, esta ...
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000169 1 Santiago, veintidós de mayo de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 12. Que, con fecha 10 de mayo de 2019, Anderson Hernán Rojas Rodríguez deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1% de la Ley N 18.216, en el proceso penal RUC N* 1400947210-0, RIT N* 193-2017, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Valparaiso, por recurso de nulidad, bajo el Ro! N* 753-2019 (Reforma Procesal Penal). 2”. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura. 3”. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectú...
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