Jurisprudencia
4.000 sentencias del Tribunal Constitucional indexadas con considerandos parseados y citaciones a normas.
TC Rol 5910
Santiago, treinta de mayo de dos mil diecinueve. . VISTOS Y CONSIDERANDO: 19. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2”. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3*. Oue no fueron evacuadas presentaciones a dicho efecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 10. Ha lugar a la solicitud de fojas 149. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2%. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuníquese. Archivese. Rol N* 5910-19-INA, =D Sr-Aróstica ys Va Ue" Sr. Hernández Sr. Letelier —itreY AA . rn > Za ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 6350
Santiago, once de julio de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1, Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional! que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%, Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3*. Que no fueron evacuadas presentaciones a dicho efecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 628. Téngase a la parte requirente ya anotada por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N* 6350-19-INA. rAróstica Sr. Hernández z an ui pl Sra. Brahm AT Sr. Letelier a y Sr A NN 1 Vásquez r 5 y Qi Á a, Kia A 7 No ra. aliva F i Pronunciada por...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 17281
0000457 CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Santiago, 09 de marzo de dos mil veintiséis A fojas 34 y 253, ténganse por acompañadas las piezas remitidas. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 12 de enero de 2026, Ingeniería y Construcción Más Errazuriz Limitada deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 472, del Código del Trabajo, para que ello incida en el proceso RIT J-2-2024, RUC N° 24-3-0016990-9, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de los Andes, en conocimiento de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, por recurso de hecho, bajo el Rol N° 1298-2025 (Laboral-Cobranza); 2°. Que, la señora Presidenta (s) del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura, el cual fue admitido a trámite con fecha 16 de enero de 2026, a fojas 28, confiriéndose traslado a las demás partes de la gestión invocada para su pronunciamiento en torno al cumplimiento de los requisi...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 3724
000256, . deriento, Lénoe cía MLS Santiago, siete de noviembre de dos mil diecisiete. A fojas 255, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, a fojas 246, Adolfo Orellana González, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N9 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, a fojas 248, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3%. Que, a fojas 255, el Ministerio Público aceptó sin condiciones el desistimiento del actor. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1%. Ha lugar a la solicitud de fojas 246. Téngase a la ¡parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2%. Álcese la suspensión del procedimiento decretada a fojas 54. Ofíciese....
Tribunal ConstitucionalTC Rol 4770
( GO 5{) Santiago, dieciocho de julio de dos mil dieciocho. A fojas 22, ténganse por acompañadas las piezas remitidas. A fojas 38, a lo principal, téngase por evacuado el traslado; al primer y tercer otrosíes, téngase presente; al segundo otrosí, ténganse por acompañados. A fojas 55, a lo principal, téngase presente; al otrosí, ténganse por acompañados. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1 ° . Que, con fecha 21 de mayo de 2018, Roberto Aguín Arriagada, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1 ° de la Ley N ° 19.989, en los autos caratulados "Alejandro Roberto Aguin Arriagada con Universidad de Concepción y otro", sobre recurso de apelación de protección, de que conoce la Corte Suprema, bajo el Rol N ° 8548-2018; 2° . Que, el señor presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura, el que fue acogido a trámite con fecha 30 de mayo de 2018, a fojas 13;...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
000106 Cuúnto nu tvt Santiago, veintidós de agosto de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 16 de julio de 2018, a fojas 1, la Y. Municipalidad de Talcahuano, representada por Estefanía Estrada Rivas, interpone requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 3, letra b), 7 y 8 del Código del Trabajo, en los autos caratulados “Raquel Alejandra Núñez Greixell con Il. Municipalidad de Talcahuano”, sobre recurso de unificación de jurisprudencia, de que conoce la Corte Suprema, bajo el Rol N* 45.138-2017; 2%. Que, a fojas 103, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3%. Que, a fojas 104, la Primera Sala de esta Magistratura acogió a trámite el presente requerimiento. En la misma oportunidad, suspendió el procedimiento en que incidía la inaplicabilidad materia de autos y, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerim...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000075 nelima y Minco Santiago, veintidós de agosto de dos mil dieciocho. Proveyendo a fojas 25, al primer otrosí, ténganse por acompañados; al segundo otrosí, téngase presente. Proveyendo a fojas 40, a lo principal, por evacuado el traslado; al primer otrosí, ténganse por acompañados; al segundo otrosí, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 18 de julio de 2018, a fojas 1, Guillermo Rodrigo Sepúlveda Hernández, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 13 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, en los autos caratulados “Sepúlveda / Conservador de Bienes Raíces de Santiago”, seguidos ante el 26% Juzgado Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte Suprema, por recurso de casación en el fondo, bajo el Rol N* 34.286-2017; 2%. Que, a fojas 18, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratu...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000230 . Santiago, Veinticinco de enero de dos mil dieciocho. Proveyendo a fojas 223: a lo principal, como se pide; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo otrosí, téngase presente. Proveyendo a fojas 123 y 124: agréguese a estos autos la documentación remitida. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 18 de diciembre de 2017, Gustavo Valencia Saavedra, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del inciso primero, parte final, del artículo 196 ter y del artículo 196 ter, inciso segundo, parte primera, ambos de la Ley de Tránsito -N” 18.290, -para que surta efectos en el proceso sobre recurso de nulidad, que actualmente sustancia la Corte de Apelaciones de Valparaíso, bajo el Rol N” 2361-2017. 2? Que, esta Sala, a fojas 117, admitió a tramitación el requerimiento deducido. En la misma oportunidad, suspendió el procedimiento en que incidiría la inaplicabilidad materia de autos y, para pronunciarse sobre la admisibilidad del re...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 5909
000105 (41D) Santiago, once de julio de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley NO 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Que no fueron evacuadas presentaciones a dicho efecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 98. Téngase a la parte requirente ya anotada por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notifíquese y comuniquese. Archívese. Rol N* 5909-19-INA. r. Aróstica Sr. Hernández a? haa Sra. Brahm A Sr. Letelier Ñ ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5908
100097 uevtacle Ñ ra Santiago, once de julio de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2”. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Oue no fueron evacuadas presentaciones a dicho efecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 84. Téngase a la parte requirente ya anotada por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuniquese. Archívese. Rol N* 5908-19-INA. Sr. Hernández Sr. Romero | | Tarde Sra. Brahm ( ¡ Sr....
Tribunal ConstitucionalTC Rol 6300
Santiago, treinta de mayo de dos mil diecinueve. A fojas 80, atodo, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Oue no fueron evacuadas presentaciones a dicho efecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el articulo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1%, Ha lugar a la solícitud de fojas 71. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 20. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notifíquese y comuniquese. Archívese. Rol N* 6300-19-INA. A SP Aróstica ta Sra. Brahm ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 17546
0000879 OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE 1 Santiago, veintiséis de mayo de dos mil veintiséis A fojas 432 y 530, ténganse por acompañadas las piezas remitidas. A fojas 526, a lo principal, téngase presente; al otrosí, téngase por acompañado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 22 de abril de 2026, Antonia Fernanda Olivares Cancino deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 67 N° 2) de la Ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, para que ello incida en el proceso RIT C-483-2024, RUC 24-2-4320910-9, seguido ante el Segundo Juzgado de Familia de Santiago, en conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, por recurso de hecho, bajo el Rol N° 951-2026 (Familia); 2°. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, siendo acogido a trámite con fecha 29 de abril de 2026 a fojas 412. En dicha oportunidad, se confirió traslado...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
Santiago, ocho de mayo de dos mil diecinueve. Afojas 64 y 375, ténganse por acompañadas las piezas remitidas. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1”. Que, con fecha 12 de marzo de 2019, Alicia Belén Andrea Torres Venegas ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 768, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil, en los autos caratulados “Martínez con Torres”, sobre restitución de inmueble, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, bajo el Rol C-4236-2018, en actual recurso de casación en la forma y apelación para ante la Corte de Apelaciones de Concepción, bajo Rol N* 559-2019. 2". El señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala, el que fue acogido a trámite con fecha 20 de marzo de 2019, a fojas 58. 3”. Del examen del requerimiento interpuesto, esta Sala ha logrado formarse convicción en cuanto a que la acción constitucional deducid...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 10822
0000153 CIENTO CINCUENTA Y TRES Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que, no se evacuaron traslados. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1°. Ha lugar a la solicitud de fojas 136. Téngase a la requirente por desistida y terminado el presente proceso constitucional. 2°. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Notifíquese y comuníquese. Rol N° 10.822-21-INA. Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidenta, Ministra señora M...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 7064
000320 ALGA bo, bhun La Santiago, cuatro de septiembre de dos mil diecinueve. A fojas 261 y 313, téngase por evacuado el traslado. A fojas 275, a lo principal, téngase como parte; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo otrosí, estese a lo que se resolverá; al cuarto y quinto otrosíes, téngase presente. A fojas 318, como se pide. A fojas 319, a lo principal, téngase como parte; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado; al segundo otrosí, estese a lo que se resolverá; al tercer otrosi, como se pide; al cuarto y quinto otrosies, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 22 de julio de 2019, Transbank S.A., representada convencionalmente por Rodrigo Undurraga Ossa, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 18 N? 2 del Decreto Ley N? 211, en especial, de la frase “para lo cual, podrá fijar las condiciones que deberán ser cumplidas en tales hechos, actos o contratos”, en los aut...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 6013
000130 . Santiago, treinta de mayo de dos mil diecinueve. A fojas 82, a todo, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 2%, Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%, Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3?. Que no fueron evacuadas presentaciones a dicho efecto, Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 29. Ha lugar a la solicitud de fojas 75. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2%. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuníquese. Archivese. Rol N* 6301-19-INA. , LE e N f SP AFost...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5896
U00 188 Cte cure y oda * Santiago, once de julio de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 17. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2”. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Que no fueron evacuadas presentaciones a dicho efecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 177. Téngase a la parte requirente ya anotada por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Notifíquese y comuniquese. Archívese. Rol N* 5896-19-INA. Sr. Hernández o bs Sra. Brahm —— Sr. Letelier Í Sr.Vásquez | “Sra. Silva Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constit...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 7608
sekrda q eh Y Santiago, once de diciembre de dos mil diecinueve. A fojas 34, a lo principal: téngase como parte; al primer otrosí: téngase por evacuado traslado; al segundo otrosí: ténganse por acompañados; al tercer otrosí: téngase presente; al cuarto otrosí: téngase presente. A fojas 63, estese al mérito de lo resuelto. A fojas 65 y 68, estese a lo que se resolverá. A fojas 77, como se pide. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 14 de octubre de 2019, Sociedad Comercial Peña Hermanos Limitada ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del articulo 769 del Código de Procedimiento Civil, en los autos caratulados “Sociedad Comercial Peña Hermanos Ltda. con Montoya”, que conoce la Corte de Apelaciones de Temuco, por recurso de casación en la forma, bajo el Rol N* 1319-2019, acumulada al Rol 683-2019, sobre recurso de queja; 2%. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos an...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 3586
000420 tuatreuratos veumdr Santiago, dieciocho de diciembre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3". Que, la parte requerida acepta el aludido desistimiento. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 409. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N* 3586-17-INA. Sr. Aróstica Sr. Hernández Eat ft Sra. Brahm Sr. Letelier > ESTETDAD Sra. Silva 1 Pronunciada por el Excmo. Tribu...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
desc 000244 a guita Santiago, veintitrés de noviembre de dos mil dieciséis. A fojas 109, ténganse por acompañadas las piezas remitidas por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. A fojas 243, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 6 de octubre de 2016, Fundación Educacional Monte Patria, representada por Iván Yuseff Rivers y Arturo Yuseff Durán, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 454 N* 5, inciso tercero; 493; y, 449, todos del Código del Trabajo, para que surta efectos en los autos caratulados “Cerda y otra con Fundación Educacional Monte Patria”, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, RIT T-1004- 2015 y T-20-2016, acumulados, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago en razón del recurso de nulidad que se sustancia bajo el Rol N” 956-2016; 2%. Que, a fojas 23, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuen...
Tribunal Constitucionalinaplicabilidad