Jurisprudencia
4.000 sentencias del Tribunal Constitucional indexadas con considerandos parseados y citaciones a normas.
TC Rol 17338
0000033 1 TREINTA Y TRES Santiago, dos de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, con fecha 30 de enero de 2026, la Ilustre Municipalidad de Chiguayante ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 483 del Código del Trabajo, en el proceso Rol N° 53.637-2025, sobre recurso de unificación de jurisprudencia, seguido ante la Corte Suprema. 2°. Que la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura; 3°. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión a trámite y procediendo que la misma declare derechamente la inadmisibilidad de la acción deduc...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 4811
000247 , . doreta coord yal Santiago, dieciocho de octubre de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley NS 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Oue, no se evacuaron presentaciones a dicho respecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1%. Ha lugar a la solicitud de fojas 234. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2%. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. / “0 Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N* 4812-18-INA. Z aw ( SR. ARÓSTICA SRÍGA Fw? La, SRA....
Tribunal ConstitucionalTC Rol 6308
000173 cinto slte 3 Ive Santiago, veinticinco de junio de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2%, Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunaf Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 37. Que, a fojas 172, el Ministerio Público evacuó traslado, aceptando el desistimiento del requirente de autos. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 19, Ha lugar a la solicitud de fojas 164. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 29, Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuníquese. Archivese. Rol N* 6308-19-1...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
Santiago, veinticuatro de julio de dos mil dieciocho. A fojas 44 y 57, ténganse por acompañados. A fojas 58, a lo principal y segundo otrosí, téngase presente; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado conferido. A fojas 67, a lo principal, segundo y tercer otrosíes, téngase presente; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado conferido. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 6 de junio de 2018, el abogado Felipe Hazbun Marín, en representación de Rodrigo Ubaldo Gutiérrez Acuña, Cristián Abelardo Uribe Blatter, Miguel Ángel Muñoz Acuña, Raúl Guillermo Malverde Rosales, Cristián Marcelo Gajardo del Valle y Norman Mauricio del Valle Zepeda, ha venido en requerir ante esta Magistratura la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1 0 , inciso segundo, de la Ley N° 18.216, y del artículo 30 del Código Penal, para que surta efectos en los autos sobre recurso de queja de que conoce la Corte Suprema, bajo el Rol N° 12231-2018; ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 12788
0000829 OCHOCIENTOS VEINTE Y NUEVE Santiago, trece de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente, en presentación también suscrita por la parte del Consejo de Defensa del Estado, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1°. Ha lugar a la solicitud de fojas 814. Téngase a la parte requirente por desistida y terminado el presente proceso constitucional a su respecto. 2°. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Rol N° 12.788-22-INA. Pronunciada por el Excmo. Tribunal Co...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 17553
0000302 TRESCIENTOS DOS Santiago, uno de junio de dos mil veintiséis. A fojas 116, a lo principal: téngase por evacuado; al primer otrosí: ténganse por acompañados; al segundo otrosí: téngase presente. A fojas 205, estese a lo resuelto. A fojas 294, téngase por acompañado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que la Ilustre Municipalidad de Talcahuano acciona de inaplicabilidad respecto del artículo 162 inciso quinto del Código del Trabajo en la oración “Si el empleador no hubiere efectuado el íntegro de dichas cotizaciones previsionales al momento del despido, éste no producirá el efecto de poner término al contrato de trabajo”, en el proceso Rit T-235-2025, seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Concepción, bajo Rol N° 1067-2025 (Laboral Cobranza); 2°. Que la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, admitién...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 17222
0000442 CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS Santiago, veinte de enero de dos mil veintiséis. A fojas 425, a lo principal, téngase por evacuado el traslado; al primer otrosí, téngase por acompañado; al segundo y tercer otrosí, téngase presente; al cuarto otrosí, como se pide a la forma de notificación solicitada. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 18 de diciembre de 2025, la Comunidad Magdalena María Consuelo Rojas Durán Sociedad Inmobiliaria E.I.R.L. deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 465, inciso primero, del Código de Procedimiento Civil, para que ello incida en el proceso Rol C-454-2022, seguido ante el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Viña del Mar; Rol N° 127-2024 (Civil) de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, en conocimiento de la Corte Suprema, por recurso de casación en el fondo, bajo el Rol N° 43130- 2025; 2°. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5832
Santiago, dos de enero de dos mil diecinueve. CERTIFICACIÓN Revisados los antecedentes relativos a la gestión pendiente de causa Rol N° 5832- 18, se certifica lo siguiente: 1°. Que la gestión pendiente invocada por el requirente consiste en los autos caratulados "Nanjari con González", sobre recurso de apelación de protección, que conoce la Corte Suprema, bajo el Rol N° 29.424-2018. 2° . Que, en la gestión pendiente invocada, con fecha 26 de diciembre de 2018, la Corte Suprema falló el recurso de protección que fundaba la gestión pendiente. Mónica Sánchez A6arca Secretaria (s) del Tribunal Constitucional 000P26 vi(j Santiago, dos de enero de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de noviembre de 2018, la Ilustre Municipalidad de Caldera ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 25 de la Ley N° 19.296, sobre asociación de funcionarios de la administración del Estado, en los autos cara...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
000029 Santiago, dieciocho de julio de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO : 19%. Que, con fecha 5 de julio de 2018, Víctor Toledo Machuca y Aylin Schroeder Chiguay, han requerido ante esta Magistratura la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 485 del Código Procesal Penal, en la parte que dispone “sino se debiere a que el fallo hubiere calificado de delito un hecho que la ley no considerare tal, aplicado una pena cuando no procediere aplicar pena alguna, O impuesto una superior a la que legalmente correspondiere”, en el proceso penal RUC N% 1500526727-4, RIT N% 11-2018, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt, en actual conocimiento de la Il. Corte de Apelaciones de Puerto Montt, por recurso de nulidad, bajo el Rol Corte Penal-Nulidad N* 332-2018; 2%. Que, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó, a fojas 26, que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratur...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 15221
0000123 CIENTO VEINTITRES Santiago, veintidós de mayo de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 101, en presentación de 6 de mayo de 2024, la parte requirente interpone recurso de reposición en contra de la resolución de inadmisión a trámite dictada el 2 de mayo del presente año, a fojas 95, en que se estimó la inadmisión a trámite de la acción de inconstitucionalidad deducida respecto de una disposición contenida en el Auto Acordado N° 142- 2015, de la Corte Suprema, que fija el texto refundido del Auto Acordado sobre Régimen de Calificación a los Miembros del Poder Judicial, sobre procedimiento para investigar la responsabilidad disciplinaria de los integrantes del Poder Judicial, y del artículo 276 inciso séptimo del Código Orgánico de Tribunales, en tanto no fue cumplida la exigencia prevista en el artículo 52 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, al no acompañarse por la requirente el “respectivo auto acordado, con i...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
Santiago, veinticinco de abril de dos mil diecinueve. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 12 de abril de 2019, Inversiones FB Compañía SpA deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de “los artículos tilitis 147, 450 Y 4,51 del Código de Procedimiento Civil, en relación al Decreto con Fuerza de Ley N* 340 y al Reglamento sobre Concesiones Marítimas de 3 de enero del año 2005", en los autos caratulados "Inversiones FB Compañía Limitada con Pesquera Chañaral S.A. y otros”, de que conoce la Corte Suprema, por recurso de queja, bajo el Rol N* 8189-2019; 2”. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3”. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prospera...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 17423
0000143 CIENTO CUARENTA Y TRES Santiago, siete de abril de dos mil veintiséis. A fojas 140, téngase por cumplido, sin perjuicio de lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 11 de marzo de 2026, Luis Alejandro Ferro Osorio deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 135, del Código Orgánico de Tribunales, para que ello incida en el proceso Rol C-182-2025, seguido ante el Juzgado de Letras de Tocopilla, en conocimiento de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, por recurso de apelación, bajo el Rol N° 31-2026 (Civil); 2°. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3°. Que, esta Magistratura Constitucional, teniendo presente lo resuelto en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 16921
0000053 CINCUENTA Y TRES Santiago, veintitrés de septiembre de dos mil veinticinco VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que Angélica María Cabello Lazo acciona de inaplicabilidad respecto de los artículos 470 y 472 del Código de Trabajo, en el proceso Rit C-261-2020, Ruc 20-4-0262593-8, seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta; Rol N° 313-2025 (Laboral Cobranza), de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en conocimiento de la Excma. Corte Suprema por recurso de hecho, bajo el Rol N° 37.898-2025; 2°. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3°. Que el artículo 93, inciso primero, Nº 6, y el inciso decimoprimero del mismo, de la Constitución Política, se complementan con la preceptiva que se contiene en la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, cuyo artículo 84 establece en su inciso primero, numeral 3°, que un requerimiento deber...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 5818
000143 Ciento Cuareata y bres Santiago, dieciséis de abril de dos mil diecinueve. : VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3”. Oue, no se formularon presentaciones a dicho respecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1%, Ha lugar a la solicitud de fojas 136. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. 2%. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Oficiese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N* 5818-18-INA. [LAA Sr. Aróstica A Sr. Hernández Sra. Br...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 13094
0000179 CIENTO SETENTA Y NUEVE Santiago, cinco de mayo de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que no se evacuaron presentaciones a dicho efecto. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1°. Ha lugar a la solicitud de fojas 71. Téngase a la parte requirente por desistida y terminado el presente proceso constitucional a su respecto. 2°. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Rol N° 13.094-22-INA. Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su ...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil dieciséis... Proveyendo a fojas 48: por cumplido lo ordenado, agréguese a estos autos la copia de las piezas principales remitida por la Corte Suprema. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 25 de noviembre de 2016, don Gabriel Lara Gómez, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 152 y 153 del Código de Procedimiento Civil, para que surta efectos en el proceso laboral, actualmente en sede de casación en el fondo, que sustancia la Corte Suprema, bajo el Rol N* 21.731-2016; 2” Que, por resolución de fojas 35 esta Sala admitió a tramitación el requerimiento deducido. En la misma oportunidad, suspendió el procedimiento en que incidiría la inaplicabilidad materia de autos y, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, confirió traslado por 10 días a las partes de la gestión judicial aludida y, asimismo, requirió que la Corte competente enviara copia de las piezas principales ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 17384
0000016 1 DIECISÉIS Santiago, tres de marzo de dos mil veintiséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, con fecha 18 de enero de 2026, Pablo Roberto Maldonado Silva ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 7° de la Ley N° 20.886, sobre tramitación digital de los procedimientos judiciales, en el proceso por recurso de queja en conocimiento de la Corte Suprema, bajo el Rol N° 1788-2026; 2°. Que la señora Presidenta (S) del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura; 3°. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo, así, impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión a trámite y procediendo que la misma declare derechamente la ina...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 12789
0000914 NOVECIENTOS CATORCE Santiago, trece de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente, en presentación también suscrita por la parte del Consejo de Defensa del Estado, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1°. Ha lugar a la solicitud de fojas 899. Téngase a la parte requirente por desistida y terminado el presente proceso constitucional a su respecto. 2°. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Rol N° 12.789-22-INA. Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constituc...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 17554
0000083 1 OCHENTA Y TRES Santiago, doce de mayo de dos mil veintiséis. A fojas 78, téngase por acompañado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, con fecha 27 de abril de 2026, Inmobiliaria Santa Julia S.A. ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 88, incisos primero, segundo y tercero del Código de Procedimiento Civil, en el proceso Rol CAM A-5792- 2023, seguido ante el árbitro Álvaro Ortúzar Santa María, del Centro de Arbitraje y Mediación de Santiago; 2°. Que la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3°. Que esta Magistratura Constitucional, en oportunidades anteriores y atendido el mérito de cada caso particular, ha determinado que un requerimiento de inaplicabilidad puede adolecer de vicios o defectos tales que hagan imposible que pueda prosperar, siendo así impertinente que la Sala efectúe un examen previo de admisión ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 16891
0000710 SETECIENTOS DIEZ 2026 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 16.891-25 INA [07 de mayo de 2026] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 768, INCISO SEGUNDO DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL; Y 40, 41, Y 42 INCISOS PRIMERO Y SEGUNDO, DEL D.L. N° 3.063, DE 1979, SOBRE RENTAS MUNICIPALES THE FANLAB PRODUCCIONES SPA Y OTRAS EN EL PROCESO ROL N° 36092-2025, SOBRE RECURSOS DE CASACIÓN EN LA FORMA Y EN EL FONDO, SEGUIDO ANTE LA CORTE SUPREMA VISTOS: Que, con fecha 04 de septiembre de 2025, The FanLab Producciones SpA y otras accionan de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 768 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil; y 40, 41, y 42 incisos primero y segundo del D.L. N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, para que ello incida en el proceso Rol N° 36092-2025, sobre recursos de casación en la forma y en el fondo, seguido ante la Corte Suprem...
Tribunal Constitucional