Jurisprudencia
4.000 sentencias del Tribunal Constitucional indexadas con considerandos parseados y citaciones a normas.
INA-STC
Santiago, veintitrés de agosto de dos mil doce. VISTOS: Doña Giovanna Barrera Pino (en la causa Rol N° 2096-11-INA), don Guillermo Crovari Belmar (en la causa Rol N° 2097-11-INA), don Hernán Molina Ferrari (en la causa Rol N° 2098-11-INA) y don Leonardo Romero Fierro (en la causa Rol N° 2099-11-INA) han pedido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la frase “Las personas contratadas a honorarios se regirán por las reglas que establezca el respectivo contrato”, contenida en el inciso tercero del artículo 11 de la Ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo. Por presentación de 1° de diciembre de 2011, el Consejo de Defensa del Estado solicitó la acumulación a estos autos de las causas ingresadas al Tribunal Constitucional bajo los roles N°s 2097, 2098 y 2099. En cuya virtud el Presidente de este Tribunal, conforme lo dispone el artículo 35 de su Ley Orgánica Constitucional y teniendo en consideración que en los tres requerimientos aludidos y en el de autos se i...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
Santiago, veintitrés de agosto de dos mil doce. VISTOS: Doña Giovanna Barrera Pino (en la causa Rol N° 2096-11-INA), don Guillermo Crovari Belmar (en la causa Rol N° 2097-11-INA), don Hernán Molina Ferrari (en la causa Rol N° 2098-11-INA) y don Leonardo Romero Fierro (en la causa Rol N° 2099-11-INA) han pedido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la frase “Las personas contratadas a honorarios se regirán por las reglas que establezca el respectivo contrato”, contenida en el inciso tercero del artículo 11 de la Ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo. Por presentación de 1° de diciembre de 2011, el Consejo de Defensa del Estado solicitó la acumulación a estos autos de las causas ingresadas al Tribunal Constitucional bajo los roles N°s 2097, 2098 y 2099. En cuya virtud el Presidente de este Tribunal, conforme lo dispone el artículo 35 de su Ley Orgánica Constitucional y teniendo en consideración que en los tres requerimientos aludidos y en el de autos se i...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
Santiago, veintitrés de agosto de dos mil doce. VISTOS: Doña Giovanna Barrera Pino (en la causa Rol N° 2096-11-INA), don Guillermo Crovari Belmar (en la causa Rol N° 2097-11-INA), don Hernán Molina Ferrari (en la causa Rol N° 2098-11-INA) y don Leonardo Romero Fierro (en la causa Rol N° 2099-11-INA) han pedido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la frase “Las personas contratadas a honorarios se regirán por las reglas que establezca el respectivo contrato”, contenida en el inciso tercero del artículo 11 de la Ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo. Por presentación de 1° de diciembre de 2011, el Consejo de Defensa del Estado solicitó la acumulación a estos autos de las causas ingresadas al Tribunal Constitucional bajo los roles N°s 2097, 2098 y 2099. En cuya virtud el Presidente de este Tribunal, conforme lo dispone el artículo 35 de su Ley Orgánica Constitucional y teniendo en consideración que en los tres requerimientos aludidos y en el de autos se i...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
Santiago, veintitrés de agosto de dos mil doce. VISTOS: Doña Giovanna Barrera Pino (en la causa Rol N° 2096-11-INA), don Guillermo Crovari Belmar (en la causa Rol N° 2097-11-INA), don Hernán Molina Ferrari (en la causa Rol N° 2098-11-INA) y don Leonardo Romero Fierro (en la causa Rol N° 2099-11-INA) han pedido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la frase “Las personas contratadas a honorarios se regirán por las reglas que establezca el respectivo contrato”, contenida en el inciso tercero del artículo 11 de la Ley N°18.834, sobre Estatuto Administrativo. Por presentación de 1° de diciembre de 2011, el Consejo de Defensa del Estado solicitó la acumulación a estos autos de las causas ingresadas al Tribunal Constitucional bajo los roles N°s 2097, 2098 y 2099. En cuya virtud el Presidente de este Tribunal, conforme lo dispone el artículo 35 de su Ley Orgánica Constitucional y teniendo en consideración que en los tres requerimientos aludidos y en el de autos se i...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
Santiago, veinticinco de agosto de dos mil quince. VISTOS: A fojas 1, con fecha 26 de febrero de 2015, Hernán Tuane Valenzuela deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 2331 del Código Civil, para que surta efectos en la causa sobre indemnización de perjuicios caratulada “Tuane Valenzuela con Meersohn Ferrer, Marcia Eugenia, y otras”, actualmente pendiente ante el 10% vJuzgado Civil de Santiago bajo el Rol N? C-6307-2014. Preceptiva legal cuya aplicación se impugna. El precepto legal impugnado dispone: Artículo 2331 del Código Civil: “Las imputaciones injuriosas contra el honor o el crédito de una persona no dan derecho para demandar una indemnización pecuniariía, a menos de probarse daño emergente o lucro cesante, que pueda apreciarse en dinero; pero ni aun entonces tendrá lugar la indemnización pecuniaria, si se probare la verdad de la imputación.”. Gestión judicial invocada y carácter decisivo del precepto cuestionado. La ge...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadCPR
Santiago, veintiséis de noviembre de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: l. ACERCA DEL PROYECTO DE LEY REMITIDO PARA SU CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. PRIMERO. - Que, por oficio N* 239/SEC/15 de fecha 6 de octubre de 2015, ingresado a esta Magistratura el día 7 del mismo mes, el Senado ha remitido el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que crea la Subsecretaría de Derechos Humanos y establece adecuaciones en la fLey Orgánica del dMinisterio de Justicia, Boletín N* 8207-07, con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N* 1*%, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad a su respecto; SEGUNDO., - Que el N% 1 del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes or...
Tribunal ConstitucionalINA-STC
0000642 SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS 2025 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol N° 15.611-24 INA [17 de abril de 2025] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 523, N° 4°), DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE TRIBUNALES JUAN CARLOS VEGA MANRÍQUEZ EN EL PROCESO ROL N° 16.378-2024, SOBRE RECURSO DE PROTECCIÓN, SEGUIDO ANTE LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO, EN ACTUAL CONOCIMIENTO DE LA EXCMA. CORTE SUPREMA, POR RECURSO DE APELACIÓN DE PROTECCIÓN, BAJO EL ROL N° 26.908-2024 VISTOS: Introducción A fojas 1, con fecha 20 de julio de 2024, Juan Carlos Vega Manríquez deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 523, N° 4°), del Código Orgánico de Tribunales, en el proceso Rol N° 16.378-2024, sobre recurso de protección, seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en actual conocimiento de la Excma. Corte Suprema, por recurso de apelación de protección, bajo el Rol N° 26.908-2024. Pr...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
090080 Ñu N -* Santiago, nueve de mayo de dos mil diecinueve. VISTOS: Con fecha 22 de enero de 2019, Claudio Andrés Obando Antiqueo, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 196 ter, inciso primero, parte final, de la Ley N9 18.290, en el proceso penal RUC N* 1800241283-3, RIT N* 306-2018, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia. Tramitación del asunto El requerimiento se acogió a tramitación a través de resolución de la Primera Sala de este Tribunal Constitucional. Previo traslado a las partes de la gestión pendiente, se declaró admisible en resolución dictada por la misma Sala sólo por la impugnación que se transcribe a continuación. Conferidos los traslados sobre el fondo a los órganos constitucionales interesados y a las partes de la gestión pendiente, no fueron evacuadas presentaciones. Precepto legal cuya aplicación se impugna El texto del precepto legal inpugnado dispone: “Decreto con Fu...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
000037 _ s Santiago, catorce de mayo de dos mil diecinueve. VISTOS: Con fecha 8 de noviembre de 2018, Nicolás Neut Aguayo deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 196 ter, inciso primero, segunda parte, de la Ley N 18.2g0, en el proceso penal RUC N* 1600783994-8, RIT N* 8554-2016, seguido ante el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago. Tramitación del asunto El requerimiento se acogió a tramitación a través de resolución de la Primera Sala de este Tribunal Constitucional. Previo traslado a las partes de la gestión pendiente, se declaró admisible en resolución dictada por la misma Sala. Conferidos los traslados sobre el fondo a los órganos constitucionales interesados y a las partes de la gestión pendiente, no fueron evacuadas presentaciones. Precepto legal cuya aplicación se impugna El texto del precepto legal impugnado dispone: “Decreto con Fuerza de Ley N* 1, de 2009, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones Fi...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
Santiago, dieciocho de abril.de dos mil diecinueve. VISTOS: Con fecha 8 de noviembre de 2018, Juan Carlos Medel Oyarce deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 19 de la Ley N9 18.216, y del artículo 17 B), inciso segundo, de la Ley N9 17.798, en el proceso penal RUC N? 1500193373-3, RIT N* 348-2oi7, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica. | Preceptos legales cuya aplicación se impugna. El texto de los preceptos legales impugnados dispone: — "Ley N* 18.216. | Título Preliminar. Artículo 1".- La ejecución de las penas privativas o restrictivas de libertad podrá sustituirse por .el tribunal que las imponga, por alguna de las siguientes penas: a) Remisión condicional. b) Reclusión parcial. c) Libertad vigilada. d) Libertad vigilada intensiva. e) Expulsión, en el caso señalado en el artículo 34. — f) Prestación de servicios en beneficio de la comunidad. No procederá la facultad establecida en el incis...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
000102 Gento dos Santiago, veinticinco de abril de dos mil diecinueve. VISTOS: Con fecha 2 de enero de 2019, Javier Alejandro Leiva Pinto, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 1 de la Ley Ne 18.216, en el proceso penal RUC N? 1800557164- 9, RIT N? 4561-2018, seguido ante el 15* Juzgado de Garantía de Santiago. Síntesis de la gestión pendiente En relación con la gestión judicial en que incide el requerimiento, el actor refiere que se encuentra formalizado por delitos de tráfico ilícito de estupefacientes en pequeñas cantidades y tenencia ilegal de arma de fuego y de municiones. Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal La parte requirente enuncia que los preceptos reprochados contravienen el artículo 19 de la Constitución Política. Al establecer que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, se tiene que ningún ser humano es más que otro, dado que...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
GUÚÚ68 Ms 6 Santiago, veinticinco de abril de dos mil diecinueve. VISTOS: Con fecha 20 de noviembre de 2018, Jonathan Cristóbal Carvajal Leiva, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso segundo del artículo 19 de la Ley No 18.216 en el proceso penal RUC N* 1800382099-4, RIT N* 87-2018, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Felipe. Síntesis de la gestión pendiente En relación con la gestión judicial en que incide el requerimiento, el requirente refiere que se encuentra condenado por delitos de tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y tenencia ilegal de cartuchos, suspendiéndose la audiencia de determinación de penas, Conflicto constitucional sometido al conocimiento y resolución del Tribunal La parte requirente enuncia que los preceptos reprochados contravienen e artículo 19 de la Constitución Política. Al establecer que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, se tiene que ning...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
Santiago, ocho de agosto de dos mil diecisiete. A fojas 163 y 164, a todo, téngase presente. VISTOS: Con fecha 21 de febrero de 2017, José Antonio Sepúlveda Navarro, requirió la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, para que surta efectos en el proceso penal causa RUC 1600258490-9, RIT 1425-2016, que se sustancia ante el Juzgado de Garantía de Talagante y, bajo el Rol 353-2017 RPP, de la Corte de Apelaciones de San Miguel. Posteriormente, con fecha 2 de marzo de 2017, la Corte de Apelaciones de San Miguel a través de las Ministras señoras María Teresa de Jesús Letelier Ramírez y Adriana Victoria Magdalena Sottovia Giménez, de fojas 42 a 44, dedujeron un requerimiento solicitando un pronunciamiento de esta Magistratura respecto de la eventual inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la ya enunciada norma, con incidencia en la misma gestión pendiente. Precepto legal cuya aplicación se impugna. ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
1 Santiago, seis de agosto de dos mil trece. VISTOS: Con fecha 14 de agosto de 2012, a fojas 1, el abogado Rodrigo Aros Chía, en representación de la Dirección Nacional del Servicio Civil, deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 5°, inciso segundo, y 21, N° 1, letra b), de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, contenida en el artículo primero de la Ley N° 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, en la causa caratulada “Dirección Nacional del Servicio Civil con Consejo para la Transparencia”, pendiente en recurso de queja ante la Corte Suprema, bajo el Rol N° 5845-2012, y suspendida en su tramitación conforme a lo ordenado por resolución de la Segunda Sala de este Tribunal Constitucional de fecha 21 de agosto de 2012 (fojas 75). Los preceptos de la Ley de Transparencia impugnados disponen: Artículo 5°, inciso segundo: “Asimismo, es pública la información ela...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
000076 Santiago, veintinueve de enero de dos mil quince. VISTOS: Con fecha 26 de junio de 2014, el abogadd Mario Vivanco Pino, por sí, ha solicitado la declaración de inaplicabilidad mpor inconstitucionalidad del aftículo 248, letra c), del Código Procesal Penal, por considgrar que en su aplicación se vulneran los artículos 7*%|, 76 Y 83 de la Carta Fundamental. Precepto legal impugnado. El precepto cuya aplicación se cuestiona disppne: “Artículo 248.- Cierre de la investigación. Practicadas las diligencias necesarias para la averiguación del hecho punible y sus autores, cómplices o encubridores, el fiscal declarará cerrada la investigación y podrá, dentro de los diez| días siguientes: P" ñ c) Comunicar la decisión del ministerio público de no perseverar en el procedimiento, por no haberse reunido durante la investigación los antecedentes sufidcientes para fundar una acusación. ” Gestión invocada. La gestión invocada es una investigación pernal, no formalizada, seguida ante...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadCPR
1 Santiago, seis de mayo de dos mil catorce. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, por oficio Nº 11.154, de 10 de marzo 2014 -ingresado a esta Magistratura el mismo día-, la Cámara de Diputados transcribe el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que permite la introducción de la televisión digital terrestre (Boletín Nº 6190-19), con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto de los números 6), 14) y 19) del artículo 1° del proyecto; SEGUNDO.- Que el Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionales y de las normas de un tratado que versen sobre materias propias de estas últimas, an...
Tribunal ConstitucionalCPR
57 vn O [Selma q > 11 diez. antiago, veintiuno de enero de dos mil VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, por Oficio N* 8.477, de 21 de diciembre de 2009, e ingresado a Constitucional el día 22 del mismo mes y año, la Cámara esta Magistratura de Diputados ha remitido copia debidamente autenticada del proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica la Ley N” 19.284, que establece normas para la plena integración social de personas con discapacidad, con el objeto de que este Tribunal, conforme a la atribución que le ha sido conferida en el N* 1% del inciso primero del artículo 93 de la Constitución Política, ejerza el control preventivo de constitucionalidad respecto de sus artículos 28, 34, 45, 57, 61, 62, 66, 67, 72, 79, 81 y 82; SEGUNDO.- Que el N* 1% del inciso primero del artículo 93 de la Ley Fundamental establece que es atribución de este Tribunal “ejercer el control de constitucionalidad de Jas leyes que i¡nterpreten algún precepto de la Constitución, de...
Tribunal ConstitucionalINA-STC
0000309 TRESCIENTOS NUEVE 2022 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol N° 13.011-22 INA [15 de septiembre de 2022] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 248, LETRA C); Y 259, INCISO FINAL, DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL EN EL PROCESO PENAL RUC N° 1700351079-4, RIT N° 5500-2017, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO DE GARANTÍA DE VALPARAÍSO VISTOS: Introducción y preceptiva legal impugnada A fojas 1, doña C.A.A.P., deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 248, letra c); y 259, inciso final, del Código Procesal Penal, en el proceso penal RUC N° 1700351079-4, RIT N° 5500- 2017, seguido ante el Juzgado de Garantía de Valparaíso. La preceptiva legal cuestionada dispone: Artículo 248, letra c.- “Cierre de la investigación. Practicadas las diligencias necesarias para la averiguación del hecho punible y sus autores, cómplices o encubridores, el fiscal declarará cerrada la inves...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
— 000140 - . . hronente Santiago, quince de marzo de dos mil dieciocho. VISTOS: Con fecha 25 de abril de 2017, Frernando aAcufña Riquelme requiere la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 15, inciso segundo, de la Ley N% 18.216, y del artículo 9 de la Ley Ne 17.798, en el proceso penal RUC N9 1610032203-3, RIT N9 970-2016, seguido ante el Juzgado de Garantía de Yungay, y actualmente pendiente ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Chillán, bajo el RIT N”9 128- 2017. Preceptos legales cuya aplicación se impugna. El texto de los preceptos legales impugnados dispone: “Ley N7 18.216. Título Preliminar. Artículo 19,- La ejecución de las enas privativas o restrictivas de libertad podrá sustituirse por el tribunal que las imponga, por alguna de las siguientes penas: a) Remisión condicional. b) Reclusión parcial. c) Libertad vigilada. d) Libertad vigilada intensiva. e) Expulsión, en el caso sefñalado en.el artículo 34. + £ , , , r 7 f) P...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadCPR
1 Santiago, veintitrés de enero de dos mil trece. VISTOS Y CONSIDERANDO: I. NORMAS DEL PROYECTO DE LEY REMITIDAS PARA SU CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. 1.- Que, por oficio Nº 10.541, de 20 de diciembre de 2012, la Cámara de Diputados ha enviado el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, Boletín Nº 8091-21, que modifica, en el ámbito de la sustentabilidad de recursos hidrobiológicos, acceso a la actividad pesquera industrial y artesanal y regulaciones para la investigación y fiscalización, la Ley General de Pesca y Acuicultura, N° 18.892, a fin de que este Tribunal, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1°, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto del artículo 55 Q que incorpora en la Ley General de Pesca y Acuicultura el numeral 60), así como de los numerales 103), 107), letra a), 108) y 120) (en lo relativo a los artículos 153 y 154, que reemplaza, de la menci...
Tribunal Constitucional