Jurisprudencia
4.000 sentencias del Tribunal Constitucional indexadas con considerandos parseados y citaciones a normas.
TC Rol 2527
Santiago, veintinueve de octubre de dos mil trece. Proveyendo el escrito de fojas 109: a lo principal y al segundo, tercer y cuarto otrosíes, estese a lo que se resolverá; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado. Proveyendo los escritos de fojas 199, 236, 243, 246 y 247: estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 17 de septiembre del año en curso, Comercial Automotriz Larruy Limitada ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del numeral 1° del artículo 43 de la Ley N° 18.175 –Ley de Quiebras-, para que surta efectos en el proceso sobre petición de quiebra, Rol N° C-9744-2013, sustanciado ante el Decimotercer Juzgado Civil de Santiago; 2°. Que, a fojas 89, la señora Presidenta del Tribunal ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3° Que, con fecha 1° de octubre del año en curso, se admitió a tramitación el requerimiento deducido. En la misma oportunidad, se...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 2843
Santiago, nueve de junio de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%*. Que, con fecha 28 de mayo de 2015, el abogado Samuel Ginsberg ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto artículo 2332 del código Civil, en el marco de los autos caratulados “GCinsberg con Inversiones Alsacia y otros”, sobre recursos de casación en la forma y en el fondo, de que conoce la Corte Suprema, bajo el Rol N* 31.909-2014; 2%”. Que el artículo 93, inciso primero, N* 6?%, de la cConstitución Política establece que es atribución de este Tribunal Constitucional “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución.”. El inciso decimoprimero del mismo precepto de la Carta Fundamental dispone que “en el caso del número 6*%, la cuestión podrá ser planteada por cualquiera de las partes o por el juez ...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
00081 J Santiago, diecinueve de enero de dos mil diecisiete. A fojas 74, téngase por acompañado el documento. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%. Que, con fecha 13 de enero de 2017, la Corporación de Educación y Salud de Pirque, representada convencionalmente por Carmen Domínguez Espinoza, ha deducido un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 16l bis del Código del Trabajo, para que surta efectos en los autos sobre recurso de queja de que conoce la Corte Suprema bajo el Rol N* 100.653-2016; 2%. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N* 6%, de la Constitución, es atribución de este Tribunal “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraría a la Constitución.” A su turno, el inciso decimoprimero del mismo precepto de la Carta Fundamental señala: “En e...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 2479
1 Santiago, diecisiete de julio de dos mil trece. Proveyendo a fojas 289, a sus antecedentes. A lo principal y segundo otrosí de fojas 310, téngase presente, y al primer otrosí, a sus antecedentes. A fojas 313, agréguese a los autos el oficio del Décimo Juzgado de Garantía de Santiago y téngase por cumplido lo ordenado a fojas 290. A lo principal y primer otrosí de fojas 429, téngase presente, y al segundo otrosí, a sus antecedentes. A fojas 432, téngase por evacuado el traslado conferido. A lo principal y segundo otrosí de fojas 438, téngase presente, y al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado conferido. A lo principal y segundo otrosí de fojas 443, téngase presente, y al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado conferido. A lo principal de fojas 455, téngase por evacuado el traslado conferido, y al otrosí, estese a lo que se resolverá. A lo principal de fojas 467, téngase presente; al primer otrosí, a sus antecedentes, y al segundo otrosí, téngase presente y a su...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
Santiago, veintitrés de agosto de dos mil doce. Proveyendo a fojas 45: a lo principal, por cumplido lo ordenado a fojas 39; al otrosí, ténganse por acompañados, bajo apercibimiento legal. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, con fecha 12 de julio del año en curso, don Manuel Madrid Aris, representado por el abogado Manuel Bravo Bravo, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 19 y 20 del Decreto Ley N° 2.695 -que Fija Normas para Regularizar la Pequeña Propiedad Raíz-, para que surta efectos en el proceso sobre recursos de casación en la forma y en el fondo, Rol N° 3743-2012, caratulado “Madrid Aris, Manuel con Bombin Espinoza Eduardo y otros”, sustanciado ante la Corte Suprema; 2º. Que el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución Política establece que es atribución del Tribunal Constitucional “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gest...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
1 Santiago, a dieciocho de octubre de dos mil once . Proveyendo al escrito de fojas 289, a lo principal y al otrosí, téngase presente. Proveyendo al escrito de fojas 298, téngase por evacuado el traslado conferido. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, con fecha 8 de septiembre de 2011, Embotelladora Andina S.A. ha requerido a esta Magistratura Constitucional para que declare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del inciso segundo del artículo 183-A del Código del Trabajo, en el marco de los recursos de casación en la forma y en el fondo Rol Nº 7856-2011 de la Corte Suprema, caratulados “Chandía Parra, Eduardo con Embotelladora Andina S.A.”; 2º. Que el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución Política establece que es atribución de este Tribunal Constitucional “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la C...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
1 Santiago, a dieciocho de octubre de dos mil once . Proveyendo al escrito de fojas 413, a lo principal y al otrosí, téngase presente. Proveyendo al escrito de fojas 422, téngase por evacuado el traslado conferido. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, con fecha 8 de septiembre de 2011, Transportes Andina Refrescos S.A. ha requerido a esta Magistratura Constitucional para que declare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del inciso segundo del artículo 183-A del Código del Trabajo, en el marco de los recursos de casación en la forma y en el fondo Rol Nº 7856-2011 de la Corte Suprema, caratulados “Chandía Parra, Eduardo con Embotelladora Andina S.A.”; 2º. Que el artículo 93, inciso primero, Nº 6º, de la Constitución Política establece que es atribución de este Tribunal Constitucional “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contrari...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
0000460 CUATROCIENTOS SESENTA 2025 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 15.709-2024 [19 de junio de 2025] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 3° INCISOS CUARTO Y SEXTO DEL CÓDIGO DEL TRABAJO ÁRIDOS CAMARENA SPA. EN EL PROCESO RIT O-55-2024, RUC 24-4-0581689-6, SEGUIDO ANTE EL PRIMER JUZGADO DE LETRAS DE MELIPILLA VISTOS: Que, Áridos Camarena SpA. acciona de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 3° incisos cuarto y sexto del Código del Trabajo, en el proceso RIT O-55-2024, RUC 24-4-0581689-6, seguido ante el Primer Juzgado de Letras de Melipilla. Preceptos legales cuya aplicación se impugna El texto de los preceptos impugnados dispone lo siguiente: “Código del Trabajo (…) Art. 3°. Para todos los efectos legales se entiende por: (…) Dos o más empresas serán consideradas como un solo empleador para efectos laborales y previsionales, cuando tengan una di...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
1 Santiago, veintiocho de noviembre de dos mil trece. VISTOS: Con fecha 23 de noviembre de 2012, a fojas 1, el abogado Aristóteles Cortés Sepúlveda, en representación de Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica S.A. (CONAFE) y de Empresa Eléctrica Atacama S.A. (EMELAT), deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 16 B de la Ley N° 18.410, que crea la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en la causa sobre reclamo de ilegalidad caratulada “Compañía Nacional de Fuerza Eléctrica S.A. y otra con Superintendencia de Electricidad y Combustibles”, que se encuentra pendiente ante la Corte de Apelaciones de Santiago bajo el Rol Nº 7269-2012. El precepto legal impugnado dispone: Artículo 16 B.- “Sin perjuicio de las sanciones que correspondan, la interrupción o suspensión del suministro de energía eléctrica no autorizada en conformidad a la ley y los reglamentos, que afecte parcial o íntegramente una o más áreas de concesión de distribución,...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
0000566 QUINIENTOS SESENTA Y SEIS 2025 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol N° 15.836-24 INA [19 de junio de 2025] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 523, N° 4°), DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE TRIBUNALES CAROLINA ANDREA VIDELA MORALES EN EL PROCESO ROL N° 19.439-2024, SOBRE RECURSO DE PROTECCIÓN, SEGUIDO ANTE LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO VISTOS: Introducción A fojas 1, con fecha 9 de octubre de 2024, Carolina Andrea Videla Morales deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 523, N° 4°), del Código Orgánico de Tribunales, en el proceso Rol N° 19.439-2024, sobre recurso de protección, seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago. Precepto legal impugnado El precepto cuestionado dispone: “Art. 523. Para poder ser abogado se requiere: (…) 4°) Antecedentes de buena conducta. (…)” 1 0000567 2 QUINIENTOS SESENTA Y SIETE Antecedentes y conflicto consti...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 2536
000289 …My… Santiago, nueve de octubre de dos mil catorce. VISTOS: El requerimiento. Mediante presentación de fecha 9 de octubre de 2013, el abogado Eugenio Evans Espiñeira, en representación de la CORPORACIÓN CLUB DE DEPORTES SANTIAGO WANDERERS, ha deducido requerimiento ante esta Magistratura Constitucional con el objeto de que declare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de la parte final del inciso -undécimo, exclusivamente respecto de la frase que sefñala “..aumentado en un cincuenta por ciento”, y de los incisos duodécimo y decimotercero del artículo 19 del Decreto Ley N* 3.500, que ESTABLECE NUEVO SISTEMA DE PENSIONES, para que surta efectos en la causa que se tramita ante el Juzgado de Cobranza Laboral Y Previsional de Valparaíso, caratulada “AÍ? Santa María con Club de Deportes Santiago Wanderers”, RIT A-1264-2007, que se encuentra actualmente con incidencia de objeción a la liquidación, pendiente de resolver, con el procedimiento suspendido por resoluciones de la...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 4746
- 000026 vurds ec Santiago, veinticinco de mayo de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, con fecha 16 de mayo de 2018, Pablo Cruz Rivera interpuso recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la parte final del inciso cuarto del artículo 482 del Código del Trabajo, en los autos caratulados “Pablo Cruz Rivera con Fundación Integra”, sobre recurso de queja de que conoce la Corte Suprema bajo el Rol N* 8045-2018; 2. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N” 6”, de la Constitución, es atribución de este Tribunal “resolver, por la mayoría de sus miembros en ejercicio, la inaplicabilidad de un precepto legal cuya aplicación en cualquier gestión que se siga ante un tribunal ordinario o especial, resulte contraria a la Constitución.” A su turno, el inciso decimoprimero del mismo precepto de la Carta Fundamental señala: “En el caso del número 6”, la cuestión podrá ser planteada por cualquiera de las partes O por el juez que...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
1 Santiago, cuatro de abril de dos mil trece. Proveyendo a fojas 53: a lo principal y cuarto otrosí: téngase presente; al primer otrosí: téngase por evacuado el traslado por el Consejo de Defensa del Estado; al segundo otrosí: no ha lugar; al tercer otrosí: téngase presente y por acompañado el documento, bajo apercibimiento legal. Proveyendo a fojas 64: a lo principal y segundo otrosí: téngase presente; al primer otrosí: ténganse por acompañados los documentos, bajo apercibimiento legal. Proveyendo a fojas 67: téngase presente. VISTO Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 12 de marzo del año en curso, el abogado JUAN IGNACIO CORNEJO RODRIGUEZ, en representación judicial de la sociedad RESTAURANTES DE COMIDA PERUANA LIMITADA, ha deducido un requerimiento ante esta Magistratura Constitucional a fin de que declare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 129 del Código Tributario(vigente al 31 de enero de 2013), del inciso undécimo del artículo 2° de la Ley 18.120, sobre...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
000074” Santiago, doce de abril de dos mil diecinueve. Proveyendo a fojas 53, a lo principal, téngase por evacuado el traslado; al primer otrosí, ténganse por acompañados los documentos, y al segundo otrosi, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1%, Que, por resolución de 14 de marzo de 2019, esta Sala admitió a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducido en autos por Matías Olivos Besserer y Carlos Felipe Canales Guerrero respecto de los artículos 276 y 277, del Código de Procedimiento Civil, en los autos caratulados “Aldea con Canales y otro", sobre medida prejudicial precautoria, seguidos ante el 167 Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago, bajo el Rol C-18.854-2018. 2%. Que, en la misma resolución, para pronunciarse sobre la admisibilidad del requerimiento, la Sala confirió traslado por el plazo de diez días a las demás partes en la gestión sublite, traslado que fue evacuado dentro de plazo por las demás partes; 37. Que el artículo ...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil quince. VISTOS: Con fecha 24 de febrero de 2015 (fojas 1), la Sociedad Educativa Patris Limitada y Compañía C.P.A. ha deducido reguerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 24 del Código Penal, para que produzca efectos en la causa sobre indemnización de perjuicios, caratulada “Domínguez Delpiano con Donoso Rodríguez”, seguida ante el Decimoctavo Juzgado Civil de Santiago, que se encuentra pendiente ante la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el Rol N” 7573-2014. Precepto legal cuya aplicación se impugna. El precepto legal impugnado dispone que “toda sentencia condenatoria en materiía criminal lleva envuelta la obligación de pagar las costas, daños y perjuicios por parte de los autores, cómplices, encubridores y demás personas legalmente responsables.”. Síntesis de la gestión pendiente y carácter decisivo del precepto impugnado. En la gestión sub lite, la sociedad educativa requirente,...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-Inadmisibilidad
OO 69 Santiago, veinticinco de octubre de dos mil dieciséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1° . Que, con fecha 15 de septiembre de 2016, el Cuerpo de Bomberos de Calera de Tango, representado legalmente por don Jorge Huerta Bau, ha requerido ante esta Magistratura la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 7 ° y 10 ° , ambos de la Ley N ° 20.564, Marco de Bomberos de Chile y, de la "Ley de Presupuestos de la Nación año 2013 y siguientes, en la partida 08 "Ayuda para Cuerpos de Bomberos -01 a) de las Rendiciones de Cuentas", para que surta efectos en el marco del proceso Rol C-4887-2013, del 2 ° Juzgado de Letras de San Bernardo, actualmente ante la Corte de Apelaciones de San Miguel bajo el Rol N ° 1029-6; 2° . Que, a fojas 67, el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Segunda Sala de esta Magistratura, el que fue acogido a trámite con fecha 20 de septiembre de 2016, según c...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 2080
1 Santiago, ocho de noviembre de dos mil once. Proveyendo al tercer otrosí de fojas 60, estése a lo que se resolverá. A lo principal de fojas 137, téngase por evacuado el traslado conferido; al primer y tercer otrosíes, téngase presente, y al segundo otrosí, téngase presente y por acompañado el documento, bajo apercibimiento legal. A lo principal y cuarto otrosí de fojas 149, téngase presente; al primer y segundo otrosíes, téngase por evacuado el traslado conferido, y al tercer otrosí, téngase por acompañado el documento, bajo apercibimiento legal. A lo principal de fojas 166, téngase presente; al primer otrosí, téngase por evacuado el traslado conferido; al segundo otrosí, estése a lo que se resolverá, y al tercer otrosí, téngase por acompañado el documento, bajo apercibimiento legal. A lo principal de fojas 187, téngase por evacuado el traslado conferido, y al primer y segundo otrosíes, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, por resolución de 13 de octubre de 2011, est...
Tribunal ConstitucionalINA-Inadmisibilidad
Santiago, cuatro de mayo de dos mil doce. Proveyendo a fojas 43: a sus antecedentes. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 18 de abril del año en curso, don Ramesh Nihalani Ganga, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 274 del Código de Procedimiento Penal, para que surta efectos en el proceso penal sobre protesto de cheques, en el que él es el querellado, caratulado “Sociedad Next S.A. Corredores de Bolsa contra Nihalani”, Rol N° 48.140-1996, sustanciado ante el 34° Juzgado del Crimen de Santiago. Actualmente, la aludida gestión se encuentra radicada en la Corte Suprema, la que conoce de sendos recursos de casación en la forma y en el fondo interpuestos en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que confirmó el pronunciamiento condenatoria expedido por el citado tribunal del crimen; 2°. Que, con fecha 18 de abril del presente año, el señor Presidente del Tribunal ordenó que se diera cuenta del requerimie...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
1 Santiago, diez de enero de dos mil doce. VISTOS: MARCELO EDUARDO BRITO LEÓN y EDUARDO JESÚS GARDELLA BRUSCO, ambos con fecha 30 de diciembre de 2010, y ARSENIO MOLINA ALCALDE, con fecha 15 de junio de 2011, han solicitado a esta Magistratura la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los siguientes preceptos legales: 1) La parte que se indica del inciso tercero del artículo 30 del Decreto Ley Nº 3.538, Ley Orgánica de la Superintendencia de Valores Y Seguros: “Deducida oportunamente la reclamación, se suspenderá el plazo establecido para el pago de la multa, sin perjuicio que los intereses a que se refiere el artículo 34, se devenguen desde el undécimo día de notificada la resolución de la Superintendencia que aplicó la multa. En todo caso, la notificación de la demanda deberá practicarse por cédula conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, dentro de los diez días hábiles siguientes de vencido el plazo para su interposición.” 2...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadINA-STC
0000550 QUINIENTOS CINCUENTA 2024 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 15.187-2024 [2 de julio de 2024] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 6°, INCISO FINAL, DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 1 DE 28 DE JULIO DE 1993 QUE FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ EN EL PROCESO PENAL RIT N° 9218-2021, RUC N° 2110056705-6, SEGUIDO ANTE EL NOVENO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO, EN CONOCIMIENTO DE LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO, POR RECURSO DE APELACIÓN, BAJO EL ROL N° 378-2024 (PENAL), ACUMULADO AL ROL 379-2024 (PENAL), Y POR RECURSO DE HECHO, BAJO EL ROL N° 419- 2024 (PENAL) VISTOS: Que, con fecha 2 de febrero de 2024, la Ilustre Municipalidad de Maipú ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 6°, inciso final, del Decreto con Fuerz...
Tribunal Constitucionalinaplicabilidad