Jurisprudencia
4.000 sentencias del Tribunal Constitucional indexadas con considerandos parseados y citaciones a normas.
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Santiago, quince de diciembre de dos mil dieciséis. VISTOS: Solicitud. Con fecha 22 de julio de 2015, don Iván Araneda Mansilla, en representación de Abengoa Solar Chile S.A. hoy Atacama Uno S.A. -en adelante Abengoa-, ha requerido a esta Magistratura la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de las frases que más adelante se indican, contenidas en el artículo 5* de la Ley N* 20.285, denominada Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, - en adelante, Ley de Transparencia-. Gestión pendiente. La gestión judicial . pendiente invocada en autos, para que surta efectos un pronunciamiento estimatorio de inaplicabilidad, es el recurso de queja caratulado “Abengoa Solar Chile S.A. con Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia". El recurso fue interpuesto por la actora en contra de los Ministros yY el abogado integrante la Corte de Apelaciones de Santiago que dictaron sentencia respecto del reclamo ...
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0000144 CIENTO CUARENTA Y CUATRO 2024 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 13.934-2023 [31 de enero de 2024] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 127 INCISO PRIMERO; 248 LETRA C); Y 259 INCISO FINAL DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL ELIZABETH SOFÍA MALDONADO ACOSTA EN EL PROCESO PENAL RIT N° 8277-2019, RUC N° 1910037736-8, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO DE GARANTÍA DE VALPARAÍSO VISTOS: Que, con fecha 5 de enero de 2023, Elizabeth Sofía Maldonado Acosta ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 127 inciso primero; 248 letra c); y 259 inciso final del Código Procesal Penal, para que ello incida en el proceso penal RIT N° 8277-2019, RUC N° 1910037736- 8, seguido ante el Juzgado de Garantía de Valparaíso. Precepto legal cuya aplicación se impugna: El texto de los preceptos legales impugnados dispone lo siguiente: “Código Procesal ...
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Santiago, tres de octubre de dos mil trece. VISTOS: Con fecha 21 de marzo del año en curso, la Universidad de Los Andes, representada por el abogado Alberto Guzmán Alcalde, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo único de la Ley N° 20.411, para que surta efectos en el proceso sobre reclamación, caratulado ”Universidad de Los Andes con Dirección General de Aguas”, Rol N° 921-2012, sustanciado ante la Corte de Apelaciones de Santiago. El texto del precepto legal objetado en autos dispone: "Artículo único.- Prohíbese a la Dirección General de Aguas la constitución de derechos de aprovechamiento de aguas solicitados en conformidad al artículo 4° transitorio de la ley N° 20.017, en las siguientes áreas: ACUÍFERO SECTOR SUBSECTOR REGIÓN Arica y Azapa Parinacota Salar de Coposa Tarapacá Salar Sur Viejo Tarapacá Aguas Blancas Aguas Blancas Antofagasta Aguas Blancas Pampa Buenos Aires Antofagasta Aguas Blancas Rosario Antofagasta Sierra Gorda ...
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0000012 DOCE 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 10.762-21 CPR [27 de mayo de 2021] ____________ CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DEL PROYECTO DE LEY QUE FACULTA AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A RESERVAR EL USO PRIORITARIO DEL AGUA AL CONSUMO HUMANO, EL SANEAMIENTO Y EL USO DOMÉSTICO DE SUBSISTENCIA, DURANTE LA VIGENCIA DE UN ESTADO DE EXCEPCIÓN CONSTITUCIONAL DE CATÁSTROFE POR CALAMIDAD PÚBLICA, CORRESPONDIENTE AL BOLETÍN N° 13.404-33 VISTOS Y CONSIDERANDO: I. PROYECTO DE LEY REMITIDO PARA SU CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD PRIMERO: Que, por oficio Nº 16.480, de 20 de abril de 2021 -ingresado a esta Magistratura en igual fecha-, la H. Cámara de Diputadas y Diputados de la República ha remitido copia autenticada del Proyecto de Ley que faculta al Presidente de la República a reservar el uso prioritario del agua al consumo humano, el saneamiento y el uso doméstico de subsistencia, durante la vigencia de un estado de excepción constitucion...
Tribunal ConstitucionalCPR
Santiago, doce de abril de dos mil dieciséis. VISTOS Y CONSIDERANDO: l. PROYECTO DE LEY REMITIDO PARA SU CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. PRIMERO: Que, por oficio N9 12.452, de 7 de abril de 2016 -ingresado a esta Magistratura el mismo día-, la Cámara de Diputados transcribe el proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica la fecha de las elecciones primarias municipales (Boletín No 10595-06), con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad -con lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N9 19, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto de los artículos único y transitorio del proyecto; SEGUNDO: Que el N9 19 del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionales y de las no...
Tribunal ConstitucionalINA-STC
003. CONST/rtie,0 1 9 000665 CHILE Santiago, veintiocho de diciembre dos mil diecisiete. VISTOS: Con fecha 29 de abril de 2016, a fojas 1, el Honorable Diputado de la República, señor Christian Urízar Muñoz dedujo requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 418 del Código Procesal Penal, para que produzca efectos en el proceso sobre solicitud de desafuero sustanciado ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso bajo el Rol N ° Pleno 39-2016, en actual conocimiento de la Corte Suprema, por recurso de hecho bajo el Rol N ° 25.957-2016, y suspendida en su tramitación conforme a lo ordenado por la Segunda Sala de este Tribunal (resolución de fojas 160). El precepto legal impugnado dispone: "Apelación. La resolución que se pronunciare sobre la petición de TARTA desafuero será apelable para ante la Corte Suprema." En cuanto a la gestión judicial en que incide el requerimiento interpuesto, conforme a lo indicado en el libelo y a los antecedentes q...
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Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil catorce. VISTOS: El requerimiento. Mediante presentación de fecha 13 de marzo del año en curso, el abogado José luis Zavala Ortiz, en representación de don Carlos Reyes González, ha deducido un requerimiento ante esta Magistratura Constitucional a fin de que declare la inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 15 y 16 del Decreto Ley N* 2.695, de 21 de julio de 1979, QUE FIJA NORMAS PARA REGULARIZAR LA POSESIÓN DE LA PEQUEÑA PROPIEDAD RAÍZ Y PARA LA CONSTITUCIÓN DEL DOMINIO SOBRE ELLA, con el objeto de que surta efectos en el juicio ordinario sobre cancelación material de inscripciones, caratulado “Forestal Mininco con Reyes González, Carlos, y otros”, que se encuentra actuailmente pendiente ante la Corte de Apelaciones de Temuco, para conocer de los recursos de casación en la forma y apelación, Rol I.C. N* 606-2013. Las infracciones constitucionales denunciadas. El requirente estima que la aplicación de las referidas dis...
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Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil quince. VISTOS Y CONSIDERANDO: I. ACERCA DEL PROYECTO DE LEY REMITIDO PARA SU CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD. PRIMERO.- Que, por oficio N* 300/SEC/15, de 27 de noviembre de 2015 -ingresado a esta Magistratura con fecha 30 del mismo mes y año-, el Senado ha remitido copia autenticada del proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que modifica el régimen de probidad aplicable al Consejo Nacional de Televisión (Boletín N99398-04), con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en uconfomidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N* 1*%, de la Constitución Política de la República, ejerza. el control de constitucionalidad respecto del N? 1) del artículo único y del artículo primero transitorio del proyecto; SEGUNDO.- Que el N%* 1% del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que inter...
Tribunal ConstitucionalINA-STC
0001054 UNO MIL CINCUENTA Y CUATRO 2024 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 15.402-2024 [12 de noviembre de 2024] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 230; 248, LETRA C), E INCISO FINAL; 259 INCISO FINAL; Y 261, LETRA A), DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL SHIMRIT ELIMELEH EN EL PROCESO PENAL RIT N° 3308-2022, RUC N° 2101045936-K, SEGUIDO ANTE EL CUARTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO, EN CONOCIMIENTO DE LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO BAJO EL ROL N° 1945-2024 (PENAL) VISTOS: Que, con fecha 24 de abril de 2024, Shimrit Elimeleh requiere la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 230; 248, letra c), e inciso final; 259 inciso final; y 261, letra a), del Código Procesal Penal, para que ello incida en el proceso penal RIT N° 3308-2022, RUC N° 2101045936-k, seguido ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en conocimiento de la Corte de Apelacione...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadCPT-STC
Rectificada conforme a resolución de 2 de abril de 2015, que rola a fojas 765. oO 0583 clid,“¿Á Santiago, primero de abril de dos mil quince. VISTOS: Con fecha 12 de marzo de 2015, un grupo de 10 senadores ha solicitado la declaración de inconstitucionalidad de todo o parte de las normas que indican del proyecto de ley contenido en el Boletín 9366- 04, que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado. Se refieren latamente al proyecto de ley y señalan que entre los objetivos que se propone se encuentran el dar educación de calidad, reducir desigualdades y asegurar el ejercicio del derecho a la educación, ,"Gooh 1 /, traduciéndose en el término de la finalidad de lucro en stablecimientos educacionales que reciben recursos públicos, el término de la selección escolar y la EIYMIA derogación del sistema de financiamiento compartido, autorizándose aportes voluntarios ...
Tribunal ConstitucionalTC Rol 16241
0000356 TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS 2025 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 16.241-2025 [23 de octubre de 2025] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 248, LETRA C); Y 259, INCISO FINAL, DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL CORPORACIÓN MUNICIPAL DE CONCHALÍ DE EDUCACIÓN SALUD Y ATENCIÓN DE MENORES EN EL PROCESO PENAL RIT N° 2071-2022, RUC N° 2100493521-4, SEGUIDO ANTE EL TERCER JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO VISTOS: Que, con fecha 20 de febrero de 2025, Corporación Municipal de Conchalí de Educación Salud y Atención de Menores ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 248, letra c); y 259, inciso final, del Código Procesal Penal, en el proceso penal RIT N° 2071-2022, RUC N° 2100493521-4, seguido ante el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago. Preceptos legales cuya aplicación se impugna Código Procesal Penal “Artículo 248- Ci...
Tribunal ConstitucionalCPT-Inadmisibilidad
1 Santiago, diecinueve de enero de dos mil doce. Proveyendo el escrito de fojas 321, téngase por cumplido lo ordenado y por acompañados los documentos, bajo apercibimiento legal. Proveyendo el escrito de fojas 341, estese al mérito de lo que se resolverá a continuación. Proveyendo los escritos de fojas 339 y 340, ténganse por retiradas las firmas y por desistidos a los señores Diputados Fuad Chahín y René Saffirio. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que, con fecha 5 de enero de 2012, un grupo de Diputados, que representan más de la cuarta parte de los miembros en ejercicio de dicha Cámara, ha deducido ante esta Magistratura un requerimiento de inconstitucionalidad respecto del artículo 2° del proyecto de ley que establece medidas contra la discriminación, contenido en el Boletín N° 3815-07. Específicamente se solicita “se declare inconstitucional el artículo 2° del proyecto de ley sobre medidas contra la discriminación por constituir una reforma de la Constitución y en ...
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Santiago, veinticuatro de diciembre de dos mil quince. VISTOS: Solicitud de inaplicabilidad Con fecha 11 de mayo de 2015, Inmobiliaria El Ancla S.A., representada por el abogado RxHernán JQuiroz Valenzuela, ha requerido la declaración de inaplicabilidad por inconstitucionalidad de los artículos 15 y 17, N* 1%, del Código de Minería, para que surta efectos en el proceso sobre recurso de casación en el fondo, Rol N” 821-2015, sustanciado ante la Corte Suprema. El texto de los preceptos legales objetados en autos dispone: “Artículo 15.- Se podrá catar y cavar, libremente, en terrenos abiertos e incultos, quienquiera sea su duefño. En los demás terrenos, será necesario el permiso escrito del dueño del suelo o de su poseedor o de su tenedor. Cuando el dueño sea la Nación o la Municipalidad, el ypermiso deberá solicitarse del gobernador o alcalde que corresponda. En los casos de negativa de la persona o funcionario o a quien corresponda otorgar el permiso, o de obstáculo al ejercicio d...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadCPR
1 Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil once. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, por oficio Nº 9849, de 5 de diciembre de 2011, la Cámara de Diputados ha remitido el proyecto de ley que regulariza la construcción de bienes raíces destinados a microempresas y equipamiento social, aprobado por el Congreso Nacional, con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto del inciso final de su artículo 4º y del inciso primero de su artículo 5º; SEGUNDO.- Que el Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionales y de las normas de un tratado que versen sobre materias propias de estas últimas, antes d...
Tribunal ConstitucionalCPR
1 Santiago, veintiséis de dos mil doce. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO.- Que, por oficio Nº 9907, de 10 de enero de 2012 -ingresado a esta Magistratura el día 11 del mismo mes y año-, la Cámara de Diputados ha remitido copia autenticada del proyecto de ley sobre división de condominios de viviendas sociales, Boletín N° 7342-14, aprobado por el Congreso Nacional, con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto de los incisos primero, quinto y séptimo del artículo 46 quáter que se agrega en la Ley N° 19.537 por el artículo único del aludido proyecto de ley; SEGUNDO.- Que el Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgán...
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1 Santiago, doce de julio de dos mil dieciocho. VISTOS Y CONSIDERANDO: I. PROYECTO DE LEY REMITIDO. PRIMERO: Por oficio Nº 185/SEC/18, de 26 de junio de 2018, ingresado a esta Magistratura el día 27 del mismo mes y año, el Senado remite copia autenticada del proyecto de ley, aprobado por el Congreso Nacional, que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación (Boletín N° 11.101-19), con el objeto de que este Tribunal Constitucional, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, Nº 1º, de la Constitución Política de la República, ejerza el control de constitucionalidad respecto del inciso primero del artículo 22 del proyecto de ley. SEGUNDO: El Nº 1º del inciso primero del artículo 93 de la Carta Fundamental establece que es atribución de este Tribunal Constitucional: “Ejercer el control de constitucionalidad de las leyes que interpreten algún precepto de la Constitución, de las leyes orgánicas constitucionales y de las normas de un trat...
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0001106 UN MIL CIENTO SEIS 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol N° 11.869-21 CPT [27 de octubre de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LA TOTALIDAD DEL PROYECTO DE LEY QUE INTERPRETA EL ARTÍCULO 11 DE LA LEY N° 21.354 DECLARANDO DE FORMA EXPRESA A LOS PESCADORES ARTESANALES COMO RUBRO ESPECIALMENTE AFECTADO POR LA PANDEMIA PROVOCADA POR EL COVID-19, CORRESPONDIENTE AL BOLETÍN N° 14.514-21 VISTOS: Con fecha 10 de septiembre de 2021, a fojas 1, Rodrigo Delgado Mocarquer, Vicepresidente de la República; Rodrigo Cerda Norambuena, Ministro de Hacienda, Juan José Ossa Santa Cruz, Ministro Secretario General de la Presidencia y Lucas Palacios Covarrubias, Ministro de Economía, Fomento y Turismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 inciso primero N° 3° e inciso cuarto de la Constitución y a los artículos 61 y siguientes de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, ...
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0000456 CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS 2024 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 14.487-2023 [2 de mayo de 2024] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LOS ARTÍCULOS 248 LETRA C) y 259 INCISO FINAL DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL JORGE MATZEN BINDER EN EL PROCESO PENAL RIT N° 3651-2020, RUC N° 2010024757-8, SEGUIDO ANTE EL CUARTO JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO VISTOS: Que, con fecha 3 de julio de 2023, Jorge Matzen Binder, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de los artículos 248, literal c), y 259 inciso final, ambos del Código Procesal Penal, para que ello incida en el proceso penal RIT N° 3651-2020, RUC N° 2010024757-8, seguido ante el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. Precepto legal cuya aplicación se impugna: El texto del precepto impugnado dispone: “Código Procesal Penal (…) 1 0000457 CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE Artículo 2...
Tribunal ConstitucionalinaplicabilidadTC Rol 13030
0000203 DOSCIENTOS TRES 2022 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 13.030-2022 [17 de noviembre de 2022] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 140, INCISOS PRIMERO Y SEGUNDO, DEL CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 274 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL RICARDO MARTÍNEZ MENANTEAU EN EL PROCESO ROL N° 575-2014, SEGUIDO ANTE EL SEGUNDO JUZGADO MILITAR DE SANTIAGO, PRIMERA FISCALÍA MILITAR DE SANTIAGO, INSTRUIDO POR LA MINISTRA EN VISITA EXTRAORDINARIA DE LA CORTE MARCIAL, SEÑORITA ROMY GRACE RUTHERFORD PARENTTI VISTOS: Que, con fecha 11 de marzo de 2022, Ricardo Martínez Menanteau acciona de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 140, incisos primero y segundo, del Código de Justicia Militar en relación con el artículo 274 del Código de Procedimiento Penal, en el proceso Rol N° 575-2014, seguido ante el Segundo Juzgado Militar de Santiago, Pri...
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1 Santiago, veintinueve de diciembre de dos mil once. VISTOS: A fojas 1, con fecha 13 de septiembre de 2011, diez parlamentarios en ejercicio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93, N° 14°, en relación con el artículo 57, inciso primero, Nº 1, e inciso segundo, ambos de la Constitución Política de la República, han deducido un requerimiento a fin de que esta Magistratura declare la inhabilidad de la Senadora señora Ena Von Baer Jahn para desempeñar la función parlamentaria. La nómina de requirentes, conforme a los certificados de fojas 105 y 106, está constituida por los diputados señores Pepe Auth, Juan Luis Castro, Aldo Cornejo, Fernando Meza y Gabriel Silber; y por los senadores señora Isabel Allende y señores José Antonio Gómez, Ricardo Lagos, Pedro Muñoz y Jorge Pizarro. En su solicitud señalan los requirentes que el día 2 de agosto de 2011, el Partido Unión Demócrata Independiente (UDI) informó al Senado que había designado a la señora Ena Von Baer y al señor Alej...
Tribunal Constitucional